Para que se surta la notificación personal por medio electrónico el prestador deberá cumplir con los siguientes requisitos: Contar con la autorización expresa del usuario para ser notificado por este medio, de forma tal que no exista duda de su aquiescencia; sin embargo, con las medidas transitorias adoptadas en el marco de la emergencia económica, social y ecológica.
Los presupuestos de las empresas de servicios públicos que tengan la característica de ser entidades descentralizadas, deberán ser aprobados por sus correspondientes juntas directivas. No obstante, una aprobación presupuestal por parte de un órgano diferente, no puede calificarse perse como ineficaz o nula, en tanto la norma no asigno a tal acción dichas consecuencias, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 142 de 1994
La sobretasa nacional establecida en el artículo 313 de la Ley 1955 de 2019, si bien está destinada al pago de las obligaciones financieras en las que incurra el Fondo Empresarial para garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica a cargo de las empresas respecto de las cuales la Superservicios haya ordenado o llegue a ordenar la toma de posesión, la iniciativa de creación no estuvo en cabeza del Fondo Empresarial,
De acuerdo con el parágrafo del artículo 16 de la Ley 142 de 1994, la vinculación como usuario de servicios públicos domiciliarios, se torna obligatoria en el caso de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, razón por la cual, el prestador puede hacer efectiva la vinculación a estos usuarios que cuenten con disponibilidad del servicio; salvo que estos demuestren que cuentan con una opción de abastecimiento
Cuando un comercializador de energía eléctrica atiende más de un mercado y empieza a atender un nuevo mercado que venía siendo atendido por otro comercializador, es su obligación aplicar dentro del cálculo tarifario del nuevo mercado atendido.