por lo tanto, el Fondo Empresarial no presentó justificación alguna.
La sobretasa nacional establecida en el artículo 313 de la Ley 1955 de 2019, si bien está destinada al pago de las obligaciones financieras en las que incurra el Fondo Empresarial para garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica a cargo de las empresas respecto de las cuales la Superservicios haya ordenado o llegue a ordenar la toma de posesión, la iniciativa de creación no estuvo en cabeza del Fondo Empresarial,
por lo tanto, el Fondo Empresarial no presentó justificación alguna.