El Proyecto de Ley Nº 068 de 2024, presentado por el Senador Jonathan Pulido Hernández, busca modificar el parágrafo 2 del artículo 30 de la Ley 23 de 1982, que regula los derechos morales de autor. Esta iniciativa fue radicada el 31 de julio de 2024. El objetivo principal de la modificación es incluir explícitamente el concepto de filiación civil, permitiendo que los herederos civiles (adoptados o por afinidad) tengan los mismos derechos que los herederos consanguíneos, garantizando así el derecho a la igualdad y corrigiendo una omisión legislativa de larga data. El informe de ponencia positiva para el primer debate fue presentado sin modificaciones y se propone que el proyecto avance en su trámite legislativo. A la fecha, la ponencia disponible para descarga, aún no ha sido discutida en la Comisión Primera del Senado.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) publicó un documento para comentarios titulado: "Análisis de competencia de los mercados de servicios de comunicaciones empaquetados". Este documento proporciona una visión general de estos mercados, contextualizada en antecedentes regulatorios previos, y describe el proceso de definición de mercados relevantes en el marco del proyecto de "Revisión de los mercados de servicios fijos". Además, detalla los hallazgos que justifican la identificación de los mercados relevantes de servicios empaquetados y los objetivos del proyecto. La Entidad invita a los interesados a presentar observaciones hasta el 15 de enero de 2025, a través de correo electrónico, redes sociales o en las oficinas de la CRC en Bogotá.
El pasado 22 de noviembre de 2024, la Asamblea de la Unión de La Haya anunció la suspensión de la aplicación del Acta de La Haya (1960), efectiva a partir del 1 de enero de 2025. Esta decisión se tomó durante su cuadragésimo cuarto período de sesiones, celebrado en Ginebra del 9 al 17 de julio de 2024. A partir de esa fecha, el Sistema de La Haya se centrará exclusivamente en el Acta de Ginebra (1999), lo que significa que solo se podrán presentar nuevas solicitudes internacionales, y designaciones bajo esta última. Entre las solicitudes se destacan: la protección a la apariencia visual de un producto, así como la que permite realizar cambios en los registros de diseños que ya están protegidos y la solicitud para extender la protección de diseños industriales que están a punto de expirar. Sin embargo, las designaciones existentes bajo el Acta de La Haya podrán ser renovadas y modificadas.
El V Foro Mundial de Datos de las Naciones Unidas se llevó a cabo en Medellín, del 15 al 16 de noviembre de 2024. Durante este evento, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) presentó importantes avances en el uso de datos para mejorar las políticas públicas en el país. Entre las herramientas destacadas se encuentran TerriData, que facilita el acceso a estadísticas oficiales de entidades territoriales y el Índice de Desempeño Fiscal, que evalúa la sostenibilidad financiera de los gobiernos locales. Además, se lanzó una plataforma multiactor para fomentar el diálogo entre la sociedad civil, el sector privado, la academia y la cooperación internacional, con el fin de fortalecer la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030. La Dirección de Desarrollo Digital del DNP también presentó el Índice de Pobreza Digital y la Canasta Básica TIC, así como avances en el CONPES de Inteligencia Artificial. Este foro se consolidó como un espacio clave para el intercambio de prácticas y desafíos en el uso de datos y estadísticas, promoviendo la colaboración internacional y la innovación en los sistemas estadísticos.
En cuanto a la protección del derecho de autor, el decreto menciona que el Consejo Nacional del Libro debe trabajar en consonancia con las disposiciones relacionadas con el derecho de autor, asegurando que las obras, incluidas las cinematográficas que obtienen el Certificado Producto Nacional (CPN), cumplan con los requisitos de depósito legal en la Biblioteca Nacional de Colombia o en la entidad especializada que se determine mediante convenio. Esto implica que el decreto no solo busca fomentar la producción y difusión del libro y la lectura, sino que también establece un marco para la protección de los derechos de autor, asegurando que los creadores y productores de contenido tengan sus derechos respetados y protegidos.