No se repuntarán intereses los rubros que se causen de manera independiente al crédito, tales como: Seguros, avales, impuestos, firma electrónica, consulta en centrales de riesgo, entre otros.
En caso de fraude en operaciones de comercio electrónico, el proveedor deberá devolverle en dinero al consumidor todas las sumas pagadas sin que procesa a hacer descuentos o retenciones. La devolución del dinero no podrá exceder de 15 días calendario. Cuando se realice a través de canales electrónicos, el proveedor deberá indicar de manera discriminada los cargos que se encuentren asociados al crédito
No se repuntarán intereses los rubros que se causen de manera independiente al crédito, tales como: Seguros, avales, impuestos, firma electrónica, consulta en centrales de riesgo, entre otros.