Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Lunes, 28 Septiembre 2026

Edición 1731 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La CREG puso en marcha un mecanismo preventivo para salvaguardar el abastecimiento de energía eléctrica y su confiabilidad. La decisión responde a la anticipación de un fenómeno de El Niño de intensidad muy fuerte, la sostenida disminución de los aportes hídricos por debajo del promedio histórico y una demanda energética récord. Tras la evaluación de indicadores y la declaratoria de Alerta por parte del Centro Nacional de Despacho, se inicia un período de riesgo donde se aplicarán medidas especiales en la operación del sistema, buscando asegurar la continuidad del servicio sin que esto implique un racionamiento programado. Se hace un llamado al uso responsable de la energía.

La UPME oficializó la publicación de la versión definitiva del documento "Hacia la Implementación. Plan Nacional de Sustitución de Leña y otros Combustibles de uso Ineficiente y Altamente Contaminante -CIAC- para la cocción doméstica de alimentos. 2026". El plan, junto con una matriz que contiene las respuestas a todas las observaciones, comentarios y sugerencias recibidas de los interesados durante el proceso, puede ser consultado de manera definitiva en el sitio web oficial de la UPME: https://www.upme.gov.co/simec/planeacion-energetica/pnsl/. Esta publicación marca un paso crucial en la implementación de estrategias para una cocción doméstica más eficiente y menos contaminante.

La CREG amplió el periodo para recibir comentarios sobre un proyecto de resolución que busca establecer el régimen de protección de los derechos y deberes de los usuarios de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes de tubería y GLP por cilindros y tanques. La decisión de extender el plazo hasta el 10 de octubre de 2026 invita a una participación más amplia de gobernadores, alcaldes, vocales de control, empresas, gremios y la ciudadanía en general, garantizando que todas las observaciones y sugerencias puedan ser consideradas en la construcción de esta normativa vital para la protección de los consumidores.

La CREG invita a los agentes del mercado de energía, gremios, desarrolladores de proyectos, usuarios y demás interesados a presentar comentarios, propuestas y recomendaciones sobre los procesos de subasta para la asignación de Obligaciones de Energía Firme (OEF). La Comisión señaló que adelanta la planeación y revisión de las próximas subastas, luego de la última subasta de expansión realizada en mayo de 2026. También solicitó a desarrolladores y generadores registrar ante la UPME información sobre sus proyectos, incluyendo estado, fuente, capacidad, punto de conexión, licencia ambiental y fechas previstas de terminación. Los aportes deberán enviarse en un plazo máximo de 15 días calendario desde la publicación de la circular.

Minvivienda precisó que la instalación de puntos de carga eléctricos en parqueaderos de visitantes de Propiedad Horizontal exige respetar su naturaleza como bienes comunes de uso general y rotativo. La explotación económica de áreas comunes es viable si no modifica su destino esencial, impide la circulación, afecta la estructura o incumple normativas. Las decisiones que impacten el régimen sustancial del uso común o los derechos de copropiedad requieren aprobación de la Asamblea General, no del Consejo de Administración. La promoción de la movilidad eléctrica debe armonizarse con la Ley 675 de 2001, sin desconocer las competencias y reglas internas de la PH.