La UPME invita a todos los interesados a presentar comentarios sobre un proyecto normativo que modificaría el sistema actual de recepción por ciclos para solicitudes de evaluación de proyectos en fuentes no convencionales de energía y gestión eficiente de energía. La propuesta busca reemplazar los periodos de recepción limitados por una ventana única continua durante todo el año, facilitando el acceso a los certificados necesarios para acceder a incentivos tributarios establecidos en la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021. Los comentarios deberán enviarse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 24 de mayo de 2026. Esta iniciativa refleja el interés de la UPME por flexibilizar y mejorar los procesos para apoyar el desarrollo sostenible del sector energético.
La ANH adoptó el reglamento operativo para el Comité de Formación, Fortalecimiento Institucional, Transferencia de Tecnología y Proyectos FNCER, que gestionará programas e iniciativas vinculadas a fuentes no convencionales de energía renovable. Este marco regula el uso de inversiones remanentes de contratos hidrocarburíferos para proyectos de energía limpia, en línea con la Política de Transición Energética y los objetivos de sostenibilidad y diversificación energética del país. La norma establece mecanismos para la administración, operación y mantenimiento de proyectos, prioriza la vinculación con comunidades energéticas y asegura la transparencia y eficiencia en el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Con esta medida, Colombia avanza hacia una economía verde y mejora su seguridad energética.
La ANLA reiteró que la Sociedad Hidroeléctrica Hidroituango está facultada para operar a la capacidad útil total de su embalse, cota 420 m.s.n.m., conforme a su licencia ambiental de 2009. No existen impedimentos de la ANLA. La entidad enfatizó que alcanzar dicha capacidad implica la remoción de cobertura vegetal en el vaso del embalse. Si se opta por no hacerlo, el titular debe identificar y valorar los impactos no previstos (fauna, calidad del agua, olores). Ante la inminente llegada del fenómeno de El Niño, la ANLA exhorta a Hidroituango y demás proyectos hidroeléctricos a tomar acciones para preservar el equilibrio ecológico, la seguridad energética y el bienestar humano. La ANLA ha solicitado evaluaciones operativas para proteger ecosistemas y comunidades aguas abajo.
La CREG respondió consultas sobre la subasta eléctrica 2029-2030, confirmando que para plantas nuevas, especiales y existentes en construcción con asignaciones previas se deben considerar dos grupos y precios de cierre según la resolución aplicable. Se indicó que, en casos especiales de oferta, competencia o participación insuficiente, la remuneración se determina con criterios específicos establecidos en la regulación. La CREG aclaró que para calificar competencia o participación insuficiente se debe considerar la energía firme no comprometida de estas plantas en construcción. Igualmente, precisó que la declaración de retiro dependiente del costo del entrante para plantas existentes no debe afectar el precio ya definido para la remuneración en la subasta y no será objeto de modificación normativa para esta convocatoria.
La CREG expidió una Resolución que actualiza el reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del administrador de la subasta para la asignación de obligaciones de energía firme”, con el fin de modernizar las reglas aplicables a las subastas del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía. La norma aprueba el nuevo reglamento operativo y técnico del Administrador de la Subasta, incorporando ajustes derivados del Sistema Unificado de Información para los procesos de asignación de Obligaciones de Energía Firme (SUICC) y de la convocatoria de subasta de expansión para el período 2029-2030. La CREG indicó que la medida busca fortalecer la confiabilidad, seguridad y eficiencia del sistema eléctrico, así como garantizar una oferta energética suficiente para atender la demanda nacional bajo criterios técnicos, económicos y ambientales.