Colombia Compra Eficiente precisó que los contratos de concesión para la prestación del servicio de alumbrado público celebrados por municipios y distritos se rigen por el Estatuto General de Contratación Pública, así como por las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, que establecen los procedimientos de selección y la obligatoriedad de contar con interventoría idónea. Este régimen permite que los particulares, por cuenta y riesgo propios, operen, modernicen y gestionen el servicio con sus recursos, bajo la vigilancia estatal, y garantiza que la adjudicación de contratos de concesión se realice mediante oferta pública, promoviendo la transparencia y la eficiencia en esta función pública que es obligación territorial, conforme a la jurisprudencia y normativa vigente.
El Gobierno modificó y adicionó el Decreto 1073 de 2015 para optimizar los recursos del Fondo de Energía Social (FOES). El nuevo marco normativo busca asegurar el servicio de energía eléctrica mediante soluciones de autogeneración sistémica e individual, priorizando áreas rurales, zonas de difícil acceso y barrios subnormales. La norma redefine el esquema de asignación de subsidios, establece criterios de eficiencia para los operadores y regula la fiscalización de los fondos públicos. Asimismo, determina que la propiedad de los activos financiados pertenecerá a la Nación, pero las alcaldías municipales recibirán de forma gratuita la infraestructura para garantizar la sostenibilidad energética comunitaria.
La CREG publicó un Proyecto de Resolución para recibir observaciones del sector y la ciudadanía. Esta iniciativa busca unificar, actualizar y simplificar las normas vigentes sobre los derechos y deberes de los usuarios de energía eléctrica, gas por red y GLP. El texto introduce reglas claras para la Infraestructura de Medición Avanzada (AMI), define la atención a autogeneradores y establece esquemas diferenciales de prestación, medición comunitaria y facturación flexible para zonas especiales o rurales de difícil acceso. Con esto, el ente regulador busca compilar en un solo estatuto las disposiciones dispersas y mejorar la relación entre empresas y clientes.
La CREG propuso adicionar la Resolución 101094 de 2025 para ampliar transitoriamente el plazo para que Proyectos con Obligaciones del sector energético presenten solicitudes de asignación de capacidad de transporte. Esta medida responde al retraso de la UPME en publicar procedimientos e información básica, afectando los tiempos previstos para radicar solicitudes. Con la adición, los interesados tendrán 30 días calendario tras la publicación de resultados de adjudicación para cumplir este requisito, garantizando seguridad jurídica y confianza. El proyecto está en consulta pública para recibir aportes antes de su aprobación final.
La CREG aclaró los procedimientos normativos que los Operadores de Red (OR) deben seguir para ejecutar reconfiguraciones físicas y permanentes en el Sistema de Transmisión Regional (STR). El organismo regulador enfatizó que estas modificaciones operativas no pueden realizarse de forma arbitraria, sino que deben estar plenamente justificadas bajo criterios de eficiencia, seguridad y confiabilidad del servicio. La CREG precisó que cualquier intervención permanente en las redes obliga a los operadores a reportar y coordinar los cambios ante el Centro Nacional de Despacho (CND), sometiéndose estrictamente al Código de Redes y al Reglamento de Distribución vigentes para evitar alteraciones indebidas.