Ante dudas sobre la exigencia de la Garantía de Fecha de Puesta en Operación (FPO) para proyectos híbridos en el Producto 4, la CREG precisa que los vendedores adjudicatarios con ofertas respaldadas por una planta ya en operación comercial que incorpore un SAEB nuevo no están obligados a constituir dicha garantía FPO. Consecuentemente, no procede su cálculo ni la aplicación de la verificación detallada del Artículo 12 de la Resolución CREG 101 109 de 2026. Bastará con cumplir los requisitos técnicos de la Resolución CREG 101 113 de 2006, siempre que la planta existente no necesite ampliar su capacidad de conexión al SIN.
La CREG explicó el contexto normativo de la vigencia de las aprobaciones de conexión para proyectos de Autogeneración a Pequeña Escala (AGPE). Ante la consulta sobre la posibilidad de prórrogas adicionales por situaciones excepcionales no imputables al desarrollador, la CREG fue enfática al señalar que la Resolución CREG 174 de 2021 establece un plazo inicial de seis meses con una única extensión adicional y automática de tres meses sin costo. La entidad subrayó que la normativa no prevé ampliaciones indefinidas o reiterativas de este plazo. Esta disposición busca evitar el acaparamiento de puntos de conexión, requiriendo que los promotores prevean todas las eventualidades. Si un proyecto no entra en operación en el tiempo establecido o su única prórroga, la capacidad asignada se libera, obligando a iniciar un nuevo trámite. Las reglas aplican por igual a todos los AGPE.
El Gobierno, desde febrero de 2026, ha coordinado una hoja de ruta con 53 acciones para robustecer la confiabilidad del sistema energético del país. Presidida por el Ministerio de Minas y Energía y con la participación de entidades como la UPME, CREG y XM, la estrategia prioriza 11 medidas clave. Estas incluyen la optimización de mantenimientos, fomento de autogeneración, promoción de eficiencia energética, monitoreo de embalses y combustibles, aceleración de proyectos y estímulo a la energía limpia. El objetivo es garantizar el suministro de energía y gas a los colombianos, anticipándose a los desafíos que podría presentar el Fenómeno de El Niño.
La CREG explicó el contexto normativo aplicable a proyectos de autogeneración remota (AGR) y productor marginal remoto (PMR), especialmente en el contexto de plantas fotovoltaicas destinadas al autoconsumo. La Resolución CREG 101 099 de 2026 emerge como la norma central, delineando los esquemas para este tipo de generación. En cuanto a la conexión, la CREG precisa que las plantas de inyección con potencia declarada inferior a 5 MW se regirán por la Resolución CREG 174 de 2021, aunque su aplicación efectiva dependerá de la adecuación de procedimientos por parte de los operadores de red en un plazo de seis meses, periodo durante el cual aplicará transitoriamente la Resolución CREG 075 de 2021. Un punto crucial es la confirmación de que no existe un mecanismo de "net billing". Los usuarios asociados a AGR o PMR serán considerados no regulados, debiendo contratar su energía con un agente comercializador. La energía que el autogenerador entregue al sistema será pagada por el agente generador al valor CERE, siempre y cuando no supere el consumo, lo que, según la CREG, significa que no se generan excedentes. La implementación plena de la Resolución 101 099 de 2026, incluyendo sus complementos técnicos, se estima para los próximos seis meses.
Ante la divergencia en la interpretación de la capacidad de inversores para proyectos de generación distribuida, la CREG aclaró que, conforme a la Resolución CREG 174 de 2021, la capacidad instalada o nominal de un generador distribuido debe determinarse utilizando la potencia activa máxima que los inversores pueden entregar a la red, asumiendo un factor de potencia unitario. Esto significa que, si un fabricante especifica tanto una potencia nominal como una potencia máxima (a factor de potencia 1), prevalecerá la máxima para fines regulatorios. El objetivo es que los procedimientos de conexión y requisitos normativos se apliquen sobre la base de la capacidad más alta de entrega, brindando seguridad jurídica y uniformidad a los proyectos.