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Lunes, 03 Agosto 2026

Edición 1693 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La SIC a través de concepto de abogacía de la competencia, concluyó que el proyecto regulatorio de la CREG para crear un programa permanente de participación activa de la demanda en la bolsa de energía contiene elementos que favorecen la libre competencia y la eficiencia del mercado eléctrico. La entidad destacó que el mecanismo, inspirado en una experiencia piloto implementada en 2024, permite que los usuarios participen voluntariamente ofreciendo reducciones de consumo, directamente o mediante representantes, sin afectar su libertad de elegir comercializador. Según la SIC, esta herramienta introduce una fuente adicional de flexibilidad que puede competir con opciones de generación más costosas y contribuir a una asignación más eficiente de los recursos del sistema. No obstante, advirtió que la efectividad del esquema dependerá de que la metodología utilizada para calcular la línea base de consumo refleje adecuadamente las condiciones actuales del mercado. Por ello, recomendó a la CREG verificar, con información reciente y distintos perfiles de usuarios, que dicho método permita medir correctamente las reducciones reales de demanda y no genere incentivos distorsionados o barreras para la participación.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en ejercicio de la función de abogacía de la competencia, concluyó que el proyecto de resolución de la CREG que reglamenta el mecanismo de contratación de energía eléctrica a largo plazo convocado por el Ministerio de Minas y Energía es, en términos generales, compatible con la libre competencia. El análisis se concentró en tres aspectos: las condiciones de competencia de las subastas, las garantías de puesta en operación de los proyectos adjudicados y el traslado de ciertos costos a los usuarios regulados. La entidad consideró razonable mantener el límite según el cual ningún vendedor puede concentrar más del 40 % de la energía ofertada en cada subasta, por reducir riesgos de dominancia y favorecer la pluralidad de oferentes. También avaló la nueva metodología para reconocer los costos financieros de las garantías, al estimar que evita barreras de entrada y remunera costos eficientes y verificables. No obstante, advirtió que el esquema multiproducto permite que un mismo agente acumule altas participaciones en varias subastas sin que ello sea detectado por el indicador actual, por lo que recomendó a la CREG exigir al auditor reportes sobre la participación agregada de los adjudicatarios para fortalecer el monitoreo de la concentración en el mercado.
La CREG solicita a Operadores de Red (OR) información detallada sobre pérdidas de energía eléctrica, tanto técnicas como no técnicas. Este requerimiento busca actualizar la metodología de remuneración de la actividad de distribución de energía, fijada en la Resolución CREG 015 de 2018. La información, obligatoria para OR del Sistema Interconectado Nacional, debe enviarse al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 30 de junio de 2026, con el asunto "Información Pérdidas - Metodología de Distribución". Los datos servirán como insumo para análisis de la Comisión. Además, la CREG realizará un taller para socializar y aclarar el diligenciamiento de los formatos, cuya fecha se anunciará en su calendario de eventos.

La CREG actualizó el Índice NE, herramienta para activar el Estatuto de Situaciones de Riesgo de Desabastecimiento. La modificación clave es la eliminación de la condición que automáticamente consideraba el índice en un nivel superior si el embalse real superaba el 70% del volumen útil agregado del SIN. Ahora, para que el Índice NE se considere en un nivel superior, solo se evaluará si el embalse útil real es igual o mayor que la senda de referencia. Esta medida busca simplificar y precisar los criterios de activación para una gestión más eficiente de la confiabilidad energética.

La CREG estableció un programa permanente para la participación activa de la demanda en la bolsa de energía. Los usuarios podrán, de forma voluntaria y a través de representantes, ofertar reducciones de su consumo de energía.