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Lunes, 03 Agosto 2026

Edición 1693 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Minas modificó el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE). Esta actualización busca fortalecer la protección de la vida, el medio ambiente y promover el uso racional y eficiente de la energía en el país, impulsando también las fuentes no convencionales. Los cambios clave incluyen la corrección de errores y ajustes de requisitos para una conformidad más fiable. La normativa amplía las competencias de los técnicos electricistas para elaborar esquemas constructivos en instalaciones de baja complejidad (hasta cuatro cuentas de energía, 15 KVA). Además, se exime de certificación plena a instalaciones de autogeneración a pequeña escala (inferiores a 10 KVA), facilitando su implementación en áreas rurales sin comprometer la seguridad. La resolución establece periodos transitorios para productos, instalaciones y personal, garantizando una transición ordenada hacia un sistema eléctrico más claro, robusto y eficaz, que responda a los desafíos técnicos y regulatorios actuales.
La CREG publicó un proyecto de resolución que introduce ajustes a las normativas existentes sobre la conexión y operación de plantas de generación. La propuesta busca armonizar y flexibilizar la vigencia de las aprobaciones de conexión para proyectos que aplican la Resolución CREG 174 de 2021, permitiendo extensiones de seis meses para autogeneradores a pequeña escala y distribuida. Además, el proyecto establece reglas claras sobre la duración máxima de las pruebas para plantas con una capacidad efectiva neta o potencia máxima declarada entre 1 MW y 5 MW. A partir de enero de 2028, estas plantas tendrán un plazo máximo de un año para realizar pruebas y entrar en operación comercial. De no cumplir, deberán desenergizarse y solicitar un retiro temporal para conservar su capacidad, lo cual implicará la sustitución de garantías. Estos ajustes buscan optimizar el uso de la capacidad de transporte y prevenir el acaparamiento de puntos de conexión.
La UPME se consolida como líder del sector Minas y Energía al obtener 95 puntos en el Índice de Desempeño Institucional (IDI) del FURAG. Este logro, por segundo año consecutivo, la ubica en el primer puesto y supera ampliamente el promedio nacional. El resultado evidencia una mejora sostenida desde 2022 y ratifica la efectividad de sus procesos de planeación, gestión y mejora continua. Además, obtuvo calificaciones superiores a 90 puntos en 17 de las 19 políticas evaluadas, demostrando solidez administrativa y un firme compromiso con la excelencia en el servicio público.
Se dio a conocer el texto del acto de MinAmbiente a través del cual adoptó los Términos de Referencia (TdR-020) para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) exigido en el trámite de licencias ambientales para proyectos de explotación y exploración de fuentes de energía geotérmica. La medida establece una guía técnica general que deberán utilizar los desarrolladores, ajustándola a las condiciones específicas de cada proyecto y complementándola con la información adicional que requiera la autoridad ambiental para evaluar su viabilidad. La norma busca estandarizar la elaboración de los estudios, fortalecer la prevención y el control de los impactos ambientales y brindar mayor seguridad jurídica al licenciamiento de este tipo de iniciativas, en línea con la transición energética y el impulso a las fuentes no convencionales de energía renovable. Asimismo, fija un régimen de transición para los proyectos que ya habían iniciado su trámite bajo términos de referencia específicos.
El Ministerio de Minas proyecta establecer lineamientos para la conexión, rehabilitación, operación y seguimiento de interconexiones internacionales de electricidad con países fronterizos, para niveles de tensión iguales o superiores a 110 kV. Busca facilitar el intercambio energético y optimizar la infraestructura existente, promoviendo la integración regional sin comprometer el abastecimiento nacional ni la seguridad del Sistema Interconectado Nacional (SIN). Las reglas incluyen la obligación de cumplir condiciones técnicas, operativas, de medición y de confiabilidad, priorizando siempre la demanda interna. La normativa faculta al Centro Nacional de Despacho (CND) para limitar o suspender intercambios si la seguridad del SIN lo requiere, y asigna a la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) la gestión de capacidad de transporte. Además, exige acuerdos operativos y planes de acción para mitigar riesgos, garantizando un marco transparente y regulado para la integración energética.