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Lunes, 03 Agosto 2026

Edición 1693 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Minas y Energía impulsa un proyecto de decreto clave para la transición energética de Colombia. La iniciativa busca adicionar una sección al Decreto 1073 de 2015, estableciendo la obligatoriedad y los criterios para la instalación de infraestructura de carga para vehículos eléctricos en los parqueaderos de entidades públicas del orden nacional. El objetivo es promover la movilidad eléctrica, la eficiencia energética y la reducción de emisiones contaminantes, alineándose con metas nacionales como tener 600.000 vehículos eléctricos para 2030 y que el 30% de la flota pública sea eléctrica. Las entidades deberán diagnosticar y planificar la instalación de puntos de carga para mayo de 2027 y tenerlos instalados para diciembre de 2028, con responsabilidades presupuestarias y criterios de seguridad y sostenibilidad. Un paso fundamental hacia flotas más limpias y un aire más puro.
La CREG sometió a consulta pública un programa transitorio para permitir que los usuarios en la región Caribe 2 (La Guajira, Cesar, Magdalena, Atlántico y Bolívar) reduzcan voluntariamente su consumo de energía entre el 27 de julio y el 9 de agosto de 2026. Esta medida responde al mantenimiento programado de la infraestructura de regasificación de Cartagena, previsto del 30 de julio al 3 de agosto, que podría afectar significativamente el suministro de gas a plantas térmicas clave, comprometiendo la operación segura del Sistema Interconectado Nacional. Los usuarios interesados deberán presentar sus ofertas de reducción de demanda a través de un representante antes del 30 de junio, recibiendo una remuneración por su participación para garantizar la estabilidad del servicio eléctrico en la zona.
El Ministerio de Minas busca modificar el Artículo 8 de la Resolución MME 40559 de 2025. Dicha resolución establece lineamientos de interoperabilidad para estaciones de carga públicas de vehículos eléctricos. Originalmente, el Artículo 8 disponía que MinMinas definiría los lineamientos para acceder a puntos de conexión a la red eléctrica para Operadores de Puntos de Carga (CPO).
El Ministerio de Transporte hizo precisiones sobre la clasificación y las exenciones aplicables a los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, según lo establecido en la Ley 2486 de 2025. Este concepto aclara que vehículos como las trimotos eléctricas, que presentan una potencia inferior a 1000W, una velocidad máxima de 40 km/h y un peso superior a 60 kg, se incluyen dentro de esta categoría. La normativa destaca que los criterios de peso y velocidad para la aplicación de exenciones son alternativos y no concurrentes, lo que significa que el cumplimiento de uno solo de ellos es suficiente. En consecuencia, un vehículo eléctrico que, a pesar de superar los 60 kg de peso, no puede desarrollar velocidades superiores a 40 km/h, no requerirá matrícula ante el organismo de tránsito, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) ni licencia de conducción. Esta interpretación busca promover el uso de alternativas de movilidad sostenible, al tiempo que se reconoce el bajo nivel de riesgo asociado a estos vehículos en el contexto urbano.
El Consejo de Estado ordenó una intervención estatal integral para proteger a la comunidad de Santa Cruz del Islote, ubicada en el archipiélago de San Bernardo (Bolívar), al concluir que sus habitantes enfrentan una vulneración generalizada y persistente de derechos colectivos por las graves deficiencias en la prestación de servicios públicos esenciales. La Sala encontró que la población carece de acceso adecuado a agua potable, saneamiento básico, energía eléctrica continua y servicios de salud suficientes, además de estar expuesta a riesgos ambientales y de desastres sin una gestión institucional efectiva. Según la sentencia, esta situación es consecuencia de la omisión prolongada de autoridades nacionales, departamentales y distritales en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y legales. Por ello, el alto tribunal ordenó al Distrito de Cartagena, al Departamento de Bolívar y a varias entidades nacionales formular y ejecutar acciones coordinadas para garantizar agua potable, saneamiento, energía las 24 horas, atención integral en salud, recuperación ambiental y gestión del riesgo. La corporación advirtió que la problemática del Islote es compleja y multisectorial, marcada por años de abandono estatal, por lo que exige una respuesta articulada que permita asegurar condiciones dignas de vida y el goce efectivo de los derechos de esta comunidad insular.