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Lunes, 28 Septiembre 2026

Edición 1731 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

 La CREG decidió no confirmar el estado de riesgo en el sistema eléctrico colombiano, a pesar de una alerta previa del Centro Nacional de Despacho (XM). Tras analizar la situación, la CREG concluyó que Colombia posee suficiente generación térmica para manejar los niveles hídricos de los embalses, que se mantienen por encima del 50% histórico. Aunque los aportes de agua han bajado y se anticipa el fenómeno de El Niño, la demanda de energía está controlada. El sistema eléctrico seguirá bajo estrecha vigilancia y se reitera el llamado al consumo responsable.

La CREG solicita a los agentes del sector eléctrico y gas combustible que propongan medidas regulatorias transitorias. El objetivo es atender las afectaciones directas en la prestación de servicios esenciales a causa del reciente evento sísmico nacional. Las empresas con infraestructura en zonas impactadas deben remitir a la CREG, antes del 18 de agosto de 2026, sus necesidades de flexibilización, detallando la normativa involucrada, justificación técnica y la duración estimada de cada propuesta. La CREG analizará la información para evaluar la adopción de acciones que garanticen la continuidad y normalización de los servicios públicos.

La CREG suspendió temporalmente el inicio del programa de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica, inicialmente programado para el 15 de agosto de 2026. Esta decisión responde al sismo de magnitud 7.4 ocurrido el 10 de agosto en Chocó y la subsiguiente declaratoria de desastre nacional. Estos hechos impiden un lanzamiento equitativo del programa debido a la afectación de infraestructura y la situación de la población. La nueva fecha de inicio se fijará con una resolución posterior. Actividades preparatorias y divulgación a usuarios continúan, pero la información debe reflejar la suspensión

La CREG aclaró cómo deben conectarse y facturarse las cámaras de videovigilancia instaladas por entidades públicas en espacios públicos. La CREG indicó que, según la normativa vigente, estas cámaras no pueden asociarse al servicio de alumbrado público. Al no existir una regulación específica para este tipo de instalaciones, se les considera como un usuario más del sistema eléctrico. Por lo tanto, se sugiere a las entidades interesadas consultar directamente con sus comercializadores de energía para conocer las soluciones y condiciones aplicables al suministro eléctrico y su respectiva facturación.

La CREG aclaró el alcance y las competencias de los Operadores de Red (OR) en el proceso de conexión de Autogeneradores a Pequeña Escala (AGPE), abordando las inquietudes surgidas en la aplicación de la Resolución CREG 174 de 2021. La CREG precisó que el OR debe ceñirse a la documentación y procedimientos establecidos, limitando su revisión a condiciones técnicas de la frontera de medida y conexión a red, mientras que los aspectos internos y el cumplimiento del RETIE son competencia del Ministerio de Minas y Energía. Trámites de adecuación de medida pueden coordinarse en paralelo, pero deben culminar previo a la operación del AGPE. Las negativas de conexión deben ser técnica y normativamente justificadas. Variaciones menores en proyectos, que no alteren la información ya revisada, no implican reiniciar el trámite, pero cambios sustanciales sí lo exigen.