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Martes, 04 Agosto 2026

Edición 1694 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Minas proyecta derogar y sustituyendo la normativa previa, para dinamizar el Programa Colombia Solar. Esta iniciativa busca impulsar la autogeneración de energía solar como una alternativa eficiente a los subsidios eléctricos tradicionales, beneficiando a usuarios residenciales de estratos 1, 2 y 3 en todo el Sistema Interconectado Nacional. La resolución detalla nuevos instrumentos contractuales, la gestión de la propiedad, operación y mantenimiento de la infraestructura solar, así como criterios definidos para la focalización y priorización de los beneficiarios. También incorpora un esquema de sostenibilidad financiera y la colaboración con el Ministerio de Ambiente para una gestión integral de residuos.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) precisó aspectos sobre el tiempo máximo que una planta de generación puede permanecer en estado de "Pruebas". La consulta se originó tanto por plantas que regresaron a este estado tras no cumplir la Resolución CREG 148 de 2021, como por aquellas que actualmente operan bajo dicho estatus. La CREG respondió contundentemente que la normativa vigente, complementada por la Resolución CREG 121 de 1998, no establece un límite temporal para las plantas en pruebas. Sin embargo, enfatizó la obligación de los generadores de cumplir con los requisitos indicados en dicha norma. Adicionalmente, la entidad informó que está trabajando en el proyecto de Resolución CREG 701 098 de 2025, una actualización que abordará la Resolución CREG 148 de 2021 y ofrecerá alternativas para estas plantas, cuya expedición definitiva se espera en el primer semestre del año.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió un concepto sobre la conexión de proyectos de Generación Distribuida. La consulta se originó por el escenario de tres proyectos fotovoltaicos de 0,9 MW cada uno que, cumpliendo individualmente los requisitos, se interconectaban a una misma red privada de 13,8 kV, la cual a su vez se conectaba al Operador de Red. Se buscaba determinar si esta red privada constituía un activo de conexión compartido bajo la regulación vigente y si podría acarrear una desconexión según la Resolución CREG 174 de 2021. La CREG, precisó que los activos de conexión de un generador distribuido deben ser propios y no compartidos, con un único punto de conexión al Sistema de Distribución Local (SDL) que coincida con el equipo de medida y no esté inmerso en redes privadas. Se enfatizó que el compartimiento de activos de conexión está regulado específicamente para plantas despachadas centralmente, generalmente mayores a 20 MW, bajo la Resolución CREG 200 de 2019. En conclusión, no es posible que generadores menores de 20 MW o no despachados centralmente compartan activos de conexión.
La CREG extendió el plazo para la presentación de estudios y propuestas esenciales para la modernización del Mercado Mayorista de Energía (MEM). La Entidad informó que los agentes del mercado, gremios y demás interesados tendrán hasta el 15 de julio de 2026 para enviar sus contribuciones, una ampliación del término original que vencía el 30 de junio del presente año. Esta decisión busca ofrecer a los interesados un mayor tiempo para estructurar sus propuestas detalladas. Las comunicaciones deben remitirse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., bajo el asunto "Propuestas y estudios para la modernización del Mercado de Energía Mayorista (MEM)".
La CREG prorrogó el plazo para la presentación de propuestas técnicas y estudios destinados a modernizar el mecanismo de aseguramiento de la confiabilidad del sistema energético colombiano. Originalmente fijado para el 30 de junio de 2026, la Dirección Ejecutiva de la CREG ha extendido el término hasta el 15 de julio de 2026, con el fin de otorgar a los diversos agentes del mercado, gremios, Centro Nacional de Despacho, Consejo Nacional de Operación, usuarios y terceros interesados un mayor tiempo para estructurar sus aportes. Esta decisión, comunicada a través de la Circular N.º 304 de 2026, busca enriquecer el proceso de análisis.