El Consejo de Estado avoca conocimiento de la Resolución Nro. 1172 del 17 de julio de 2020 expedida por el Ministro de Salud y Protección Social “Por la cual se definen los términos y condiciones del reporte de información del talento humano en salud que presta sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de coronavirus COVID-19
El Consejo de Estado rechaza el control inmediato de legalidad de la Resolución No. 617 de 16 de abril de 2020, por medio de la cual el Ministerio de Salud y Protección Social estableció disposiciones en relación con la nominación, evaluación, aprobación y condición para la prescripción de medicamentos con Usos No Incluidos en el Registro Sanitario (UNIRS),
El Consejo de Estado declara que la Resolución número 628 de 23 de abril de 2020, “Por la cual se definen los criterios, el procedimiento y las fases del llamado al Talento Humano en Salud para reforzar o apoyar a los prestadores de servicios de salud durante la etapa de mitigación de la pandemia por Coronavirus Covid-19”,
El Consejo de Estado declara improcedente el medio de control inmediato de legalidad frente a la Resolución 114 del 24 de marzo de 2020, expedida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico. Lo anterior puesto que no cumple con uno de los requisitos de procedibilidad, esto es, desarrollar un Decreto Legislativo,
EL Consejo de Estado decide que la resolución Nº.12169-2020, expedida por el Superintendente de Industria y Comercio, se encuentra ajustada a derecho, en el entendido de que la ampliación de términos prevista para las peticiones por el artículo 5º del Decreto 491 de 2020 constituye un límite temporal máximo, por lo que la SIC debe propender por emitir
El Consejo de Estado declara ajustada a derecho la Resolución No. 0684 de 19 marzo de 2020 expedida por el Director General del Corpoboyaca y concluye que la misma cumple tanto en el aspecto formal como en el material, pues ella es respetuosa de las normas constitucionales y legales en las que se funda, guarda conexidad con los motivos
El Consejo de Estado ordenó que se adelanten las gestiones para que los alumnos de colegios de zonas rurales del municipio, que no han podido seguir sus estudios por falta de conectividad, puedan acceder al material académico dispuesto para continuar sus procesos académicos sin que sus familias tengan que incurrir en ningún costo.
La Corte se declara inhibida para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad del tercer inciso del artículo 16 de la Ley 1797 de 2016 (disposiciones que regulan la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud), relacionado con los Descuentos por multiafiliación y obligación de restitución de recursos en el SGSSS.
La Corte se declara inhibida para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad del tercer inciso del artículo 16 de la Ley 1797 de 2016 (disposiciones que regulan la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud), relacionado con los Descuentos por multiafiliación y obligación de restitución de recursos en el SGSSS.
El Alto Tribunal se declaró inhibido para pronunciarse sobre la demanda artículo 63 (parcial) de la Ley 1943 de 2018 “por la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones, relacionado con omisión de activos, la defraudación y la promoción de estructuras de evasión tributaria.