El Consejo de Estado negó las pretensiones de las demandas acumuladas, contra el acto de elección de los representantes de las entidades sin ánimo de lucro ante el Consejo Directivo de la CARDER para el período 2020-2023. En esta providencia el Consejo de Estado analizó el Marco jurídico del proceso de elección de los órganos de dirección y administración de las Corporaciones Autónomas Regionales y relaciona los aspectos que estas entidades deben cumplir.
El Consejo de Estado negó pretensiones de demanda de nulidad del Acuerdo emanado de la Junta Administradora Regional De Telecaribe “por el cual se designa a la señora Mabel Astrid Moscote Moscote como gerente del Canal Regional Telecaribe periodo 2020-2023. Para la Sala, la experiencia acreditada por parte de la señora Moscote en las empresas Events Producciones, Interfilms y la Fundación Ecoregión,
En importante Providencia del Consejo de Estado, con ponencia del Magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sala analizó el examen formal de las Resoluciones CREG 058, 064, 108, 118 y 152 de 2020, relacionadas con el pago diferido de las facturas de energía eléctrica; la tasa de interés y el periodo de gracia; la aplicación obligatoria de opciones tarifarias y la aplicación de un menor valor al aprobado para la remuneración de las actividades de transmisión,
Al interrogante formulado por el ministro de Hacienda, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado respondió que “la autoridad en que recae el ejercicio de las facultades de cobro persuasivo y coactivo de la Tarifa de Control Fiscal, creada en el artículo 4° de la Ley 106 de 1993 es la Contraloría General de la República”. La sentencia agrega que: “La Ley 106 de 1993
Según los demandantes, la ANLA y otras entidades accionadas, vulneraron los derechos fundamentales de petición, de identidad étnica y cultural, libre determinación, autonomía y participación del Consejo Comunitario, por haber omitido la realización del
El Consejo de Estado en esta providencia hace un esbozo normativo sobre las funciones y competencia del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en la formación, actualización y conservación de los catastros municipales. La Sala indica que de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 14 de 6 de julio de 1983, inserto en el capítulo I, sobre normas de catastro, impuesto predial e impuesto de renta
Para la Sala, la administración tributaria cuenta con amplias facultades de fiscalización e investigación dentro de las que puede exigir al contribuyente o a terceros la presentación de documentos que registren sus operaciones y ordenar la exhibición de los libros y sus soportes, como lo establece el artículo 684 del E.T. “. Los artículos 742 y 743 del E.T.
De acuerdo con la Providencia, el artículo 118 de la ley 2010-2019 (ley de crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas), “prevé la conciliación contencioso administrativa en materia tributaria, y en el parágrafo 8 faculta al Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Unidad Administrativa Especial UGPP, para conciliar las sanciones e
La Sala reitera lo señalado por el Consejo de Estado en sentencias de 3 de diciembre de 2020, “en las que se señaló que, de conformidad con el artículo 121 de la Ley 418 de 1997 la contribución se causa al momento del pago del anticipo y los subsiguientes que efectúen las entidades de derecho público a los contratistas. En los referidos fallos, respecto a la prescripción de
De acuerdo con la providencia, “la Ley 1607 de 2012, en su artículo 148 facultó a la DIAN para terminar por mutuo acuerdo los procesos administrativos tributarios y transar el valor total de sanciones e intereses, señalando como condiciones y requisitos los siguientes: (I) Que, con anterioridad al 26 de diciembre de 2012, se haya notificado requerimiento especial, liquidación de revisión,