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Consejo de Estado reiteró que no todo error cometido en la información tributaria que se remite a la administración, puede generar sanciones

Escrito por  May 16, 2022

La Sección Cuarta del Consejo de Estado, en relación con la presentación de información con errores, citó la sentencia de la Corte Constitucional, C-160 de 1998, en la cual se indicó: “no todo error cometido en la información que se remite a la administración, puede generar las sanciones consagradas en la norma acusada [art. 651 del Estatuto Tributario]»,

por lo que «la administración está obligada a demostrar que el error lesiona sus intereses o los de un tercero», pues los errores que «no perjudiquen los intereses de la administración o de los terceros, no pueden ser sancionados», teniendo en cuenta que las sanciones «deben ser proporcionales al daño que se genere”.

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