“es esencialmente solidaridad social” y la solidaridad es uno de los pilares en que se funda el Estado colombiano y principio rector en la garantía de los derechos fundamentales de las personas”.
“La Sección Cuarta del Consejo de Estado consideró necesario sentar jurisprudencia sobre el alcance del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010, sobre las reglas del IBC de aportes al Sistema de Seguridad Social, dado que obedece a razones de importancia jurídica y trascendencia económica o social, ya que, como lo ha puesto de manifiesto la Corte Constitucional, la seguridad social
“es esencialmente solidaridad social” y la solidaridad es uno de los pilares en que se funda el Estado colombiano y principio rector en la garantía de los derechos fundamentales de las personas”.