El Consejo de Estado negó la demanda de nulidad contra las Resoluciones 504 de 2018 y 505 de 2019 proferidas por la Agencia Nacional de Minería (ANM), que implementan el "sistema de cuadrícula minera" para delimitar áreas de concesión minera. Estas resoluciones buscan organizar y reglamentar la formalización minera en concordancia con las leyes 1753 de 2015 y 1955 de 2019. La Sala determinó que estos actos administrativos, de carácter general, gozan de presunción de legalidad y no son improcedentes ni ilegales, ya que no tienen vocación de sustituir decretos reglamentarios, como lo sostiene la parte actora. Además, el Consejo consideró que el control abstracto sobre la constitucionalidad de las normas legales involucradas corresponde exclusivamente a la Corte Constitucional. Finalmente, no se acreditó que dichas resoluciones afectaran directamente los derechos de grupos étnicos ni que se hubiera violado el trámite de consulta previa, ni se aportó prueba suficiente para demostrar su ilegalidad, por lo que no prosperó el argumento de nulidad.
El Ministerio de Minas y Energía respalda la ampliación de la Zona de Frontera en el departamento del Chocó, incluyendo los municipios de Nuevo Belén de Bajirá, Carmen del Darién, Bahía Solano y Nuquí, con el fin de fortalecer la economía local y promover el desarrollo productivo. Aunque la actividad minera en la región es limitada, existen títulos mineros vigentes y producción significativa de minerales como cobre, molibdeno, oro, plata, platino y zinc en Carmen del Darién. La ampliación facilitará la implementación de estrategias de ordenamiento y formalización minera, promoviendo prácticas responsables, inversión en infraestructura y acceso a beneficios tributarios, con miras a mejorar las condiciones sociales y económicas, así como la seguridad humana en la zona.
La ley prohíbe en Colombia el uso de maquinaria para actividades mineras sin título minero inscrito, autorizado en el decreto 2235 de 2012 que faculta a la Policía para destruir equipos usados en minería ilegal. En este caso, la Policía destruyó dos retroexcavadoras del demandante, quien no contaba con título minero ni licencia ambiental, sino que operaba bajo un contrato de prestación de servicios basado en una solicitud de legalización minera previamente rechazada por la ANM. A pesar de haber solicitado más de diez veces la legalización, el demandante conocía las consecuencias legales de explotar minas sin autorización. Además, ejercía la minería como representante legal de Mina Lucar SAS dedicada a la explotación de minerales preciosos y no preciosos. Por tanto, la actuación policial fue legítima y no generó un daño antijurídico que deba ser reparado.
El Gobierno de Colombia, a través del Ministerio de Minas, MinComercio y Colombia Productiva, destinó $2.450 millones para fortalecer 50 MiPymes proveedoras del sector minero y consolidar seis clústeres mineros en ocho departamentos. La iniciativa mejoró capacidades en gestión, calidad y tecnología, impulsando la reindustrialización, transición energética, agroindustrialización y desarrollo regional, fomentando encadenamientos productivos y retos en productividad y sostenibilidad.
MinMinas estableció una mesa de diálogo para impulsar la formalización y desarrollo minero en Norte de Santander. La hoja de ruta prioriza: 1) la revisión del Decreto 0572-2025 para mitigar el impacto de retenciones; 2) acelerar procesos de formalización minera con evaluación caso a caso y la reactivación de la Mesa Técnica Minera del Catatumbo; 3) realización de Audiencias Públicas Mineras para Áreas de Reserva Especial; 4) apoyo en transporte y comercialización con capacitaciones y comunicaciones a termoeléctricas; 5) revisión de regalías y seguimiento a acuerdos para fortalecer el desarrollo sostenible del sector.