En el presente caso, “la solicitud de amparo consistió en la afectación del derecho al buen nombre de una persona jurídica dedicada a arrendar, vender y administrar viviendas. La actuación que se catalogó como trasgresora de dicha garantía es la publicación del video que un arrendatario publicó en YouTube, a través del cual cuestionó la integridad e imagen comercial de la
“En el caso concreto, se atribuía a la entidad accionada la vulneración de derechos fundamentales al negarle a una ciudadana la práctica de procedimientos ordenados por el médico tratante, correspondientes a procesos postquirúrgicos del bypass bariátrico que le fue realizado previamente, los cuales eran necesarios para completar el proceso de recuperación de su funcionalidad total”.
De acuerdo con el 220-271741-2020 es posible iniciar una acción subsidiaria de responsabilidad en contra de los controlantes, dentro de un proceso de liquidación judicial en los términos de la Ley 1116 de 2006, y será el Juez quien dilucidará si hay lugar a dicha responsabilidad subsidiaria.
A través del 220-271538-2020 se estableció que “En la junta de socios cada uno tendrá tantos votos cuantas cuotas posea en la compañía. Las decisiones de la junta de socios se tomarán por un número plural de socios que represente la mayoría absoluta de las cuotas que dividen el capital de la compañía.”
Mediante el 220-271397-2020 la SuperSociedades se refirió a la intervención del Gobierno Nacional, por conducto de la Superintendencia de Sociedades, en los negocios, operaciones y patrimonio de las personas naturales o jurídicas que desarrollan o participan en la actividad financiera sin la debida autorización estatal