El Ministerio de Ambiente reiteró su autoridad para regular las emisiones de vehículos concebidos para uso fuera de la red de carreteras. En respuesta a las inquietudes planteadas por FSCR Ingeniería S.A.S., el Ministerio defiende la aplicación de la Resolución 762 de 2022, que exige el Certificado de Emisiones en Prueba Dinámica (CEPD) y el Visto Bueno por Protocolo de Montreal para estas fuentes móviles. MinAmbiente argumenta que, en virtud de sus funciones constitucionales y legales, expidió la Resolución 762/2022 como un reglamento técnico que define las "fuentes móviles terrestres de uso fuera de carretera" basándose en el diseño del vehículo, no en el uso final que le dé el importador. Destaca que esta regulación fue sometida a consulta pública nacional e internacional, incluyendo al Ministerio de Transporte, el cual no presentó observaciones, y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que emitió concepto favorable. El Ministerio de Ambiente enfatiza que el Decreto 0925 de 2013, que menciona la exigibilidad de requisitos ambientales cuando exista regulación específica, se cumple con la Resolución 762/2022, descartando una analogía prohibida. Además, no considera modificar la Circular 004 de 2024, ya que las normas ambientales son de orden público y cumplimiento obligatorio.
El Ministerio de Transporte respondió a la ANLA sobre la normativa que rige el transporte de mercancías peligrosas y sustancias químicas en Colombia. Si bien el Decreto 1079 de 2015 establece la obligatoriedad de planes de contingencia para importadores, fabricantes y destinatarios, no exige su registro o aprobación general ante una autoridad ambiental.
La CRA precisó que su función no es aprobar tarifas específicas para el tratamiento de aguas residuales. El organismo regulador enfatiza que solo establece las metodologías tarifarias generales (Resolución CRA 943 de 2021). La responsabilidad de fijar y aprobar las tarifas recae en la entidad tarifaria local, que puede ser el alcalde municipal o la junta directiva del prestador, quienes deben basarse en un estudio de costos. El tratamiento de aguas residuales es parte integral del servicio de alcantarillado, y sus costos se recuperan vía componentes tarifarios de operación, inversión y tasas ambientales. Para quejas sobre cobros, los usuarios deben dirigirse primero al prestador y luego a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD).
La ANH modificó parcialmente la Resolución 164 de 2015 para ajustar el cálculo y liquidación de regalías del crudo, en línea con la realidad operativa del mercado. La norma redefine conceptos como “diluyente” y “nodo”, e introduce reglas para determinar el precio base cuando no hay facturación o reporte de información, usando referencias como el Brent y diferenciales de mercado. Además, precisa el reconocimiento de costos de dilución en el transporte de crudos pesados y fortalece los criterios para validar información reportada por operadores, buscando mayor precisión, transparencia y continuidad en el flujo de recursos al Sistema General de Regalías.
El Ministerio de Minas expidió una resolución para habilitar temporalmente el uso de infraestructuras de importación de gas natural ante una situación de estrechez en el suministro que pone en riesgo la prestación continua del servicio. La medida busca incrementar la disponibilidad de gas, garantizar la confiabilidad energética y asegurar el abastecimiento tanto para la demanda de gas como para la generación eléctrica. Para ello, permite comercializar gas importado, usar capacidad ociosa de regasificación y sustituir consumo con GLP, liberando volúmenes adicionales. El Gobierno justificó la decisión como una acción urgente y transitoria para evitar afectaciones a usuarios y mitigar riesgos en el sistema energético nacional.