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Domingo, 06 Septiembre 2026

Edición 1714 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El documento somete a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) el concepto favorable para que la Nación contrate un empréstito externo con la banca multilateral hasta por USD 15 millones, destinado a financiar el Programa para mejorar la eficiencia logística de Colombia. La iniciativa busca atender limitaciones del sistema logístico nacional, relacionadas con debilidades institucionales y brechas en capital humano que afectan la productividad y la capacidad exportadora. El programa será ejecutado por el Departamento Nacional de Planeación, en coordinación con entidades del orden nacional y territorial, mientras que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público adelantará los trámites de crédito externo.

El Ministerio de Ambiente aclaró que el uso de agua para consumo humano y doméstico en viviendas rurales dispersas debe inscribirse obligatoriamente en el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico, según lo dispuesto en el artículo 279 de la Ley 1955 de 2019 y regulado por decretos 1076 y 1210 de 2015 y 2020. Esta inscripción no requiere evaluación previa de compatibilidad del uso del suelo ni de restricciones ambientales para su autorización, dado que sustituye la concesión tradicional. Sin embargo, la autoridad ambiental puede ejercer vigilancia y control para prevenir daños ambientales o incumplimientos normativos, e informar a las autoridades municipales sobre eventuales infracciones urbanísticas. Esta regulación busca uniformidad y seguridad jurídica para usuarios y autoridades ambientales, atendiendo criterios técnicos y legales vigentes.

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos de los artículos 2 a 8 del Decreto 572 de 2025, mediante el cual el Gobierno aumentó tarifas de retención y autorretención en la fuente y redujo algunos umbrales mínimos de retención para sectores como minería, carbón, transporte aéreo internacional, industria manufacturera, construcción, agro, comercio y otros sectores productivos. La corporación concluyó, de manera preliminar, que existen serias dudas sobre la legalidad y motivación técnica del decreto, pues no se evidenciaron estudios suficientes que justificaran los incrementos ni su relación con la capacidad contributiva real de las actividades afectadas. El alto tribunal advirtió posibles vulneraciones a principios de equidad, progresividad, proporcionalidad y reserva de ley tributaria, al imponer cargas anticipadas que podrían afectar la liquidez de empresas, MIPYMES y contribuyentes. También consideró que la medida podía generar saldos a favor difíciles de recuperar y consecuencias económicas potencialmente irreversibles mientras se decide la nulidad del decreto.

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del Decreto 0182 de 2026, expedido por el Gobierno Nacional para reorganizar la operación de las EPS bajo un enfoque territorial y poblacional, al considerar que, en esta etapa inicial del proceso, existen serios cuestionamientos sobre su legalidad y posibles afectaciones a principios del sistema de salud. El decreto imponía límites al número de EPS por municipios y departamentos, exigía porcentajes mínimos de afiliados para operar y autorizaba reasignaciones masivas de usuarios entre entidades. La corporación advirtió que estas medidas podrían restringir la libre escogencia de EPS, alterar las reglas legales del aseguramiento y exceder la potestad reglamentaria del Ejecutivo, pues tales cambios deberían ser definidos por el Congreso. Además, concluyó que permitir la aplicación del decreto mientras se decide de fondo la demanda podría generar efectos difíciles de revertir para afiliados y aseguradoras, razón por la cual ordenó suspender temporalmente sus efectos.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) aprobó una modificación al proyecto de inversión del Tren de Zipaquirá, que busca mejorar la conectividad en el corredor Bogotá–Sabana Centro mediante un sistema ferroviario electrificado de 49 km con 17 estaciones. Este proyecto, prioritario en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, recibirá un aporte incrementado de la Nación que cubrirá el 81,61 % del costo total, actualizado a más de 17,3 billones de pesos constantes de 2024. Con beneficios en reducción de tiempos de viaje, disminución de emisiones y mejora en la calidad de vida de cerca de un millón de habitantes, el Tren de Zipaquirá fortalece la movilidad sostenible integrada en Bogotá y Cundinamarca, garantizando su cierre financiero y ejecución entre 2027 y 2039. La iniciativa cuenta con un robusto respaldo técnico, legal y financiero, y se enmarca en políticas nacionales de transporte público eficiente y descarbonización-