El Ministerio de Minas ordenó organizar el suministro de gas natural durante el mantenimiento programado de la Planta de Regasificación de Cartagena, operada por SPEC LNG, entre el 30 de julio y el 3 de agosto de 2026. La medida, basada en las Resoluciones MME 40267 y 40289 de 2026, busca garantizar el abastecimiento, especialmente para la demanda de energía eléctrica en el área Caribe 2. El MME realizó un balance detallado de las cantidades requeridas y las fuentes disponibles, considerando negociaciones de generadores térmicos y agentes con contratos en firme de gas importado. Aunque la demanda esencial se cubre sin requerir priorización, se establecen lineamientos estrictos para la asignación de gas, excluyendo fuentes no conectadas al Sistema Nacional de Transporte (SNT) y aquellas con restricciones operativas como las de Canacol y Bullerengue. Se destacan las limitaciones de capacidad en el tramo Barrancabermeja-Ballena del SNT, que son cruciales para el transporte del gas del interior hacia la costa.
El Ministerio de Minas modificó el cronograma para la gestión del suministro de gas natural, extendiendo los plazos de negociación y reporte. Esta decisión busca asegurar el abastecimiento durante el mantenimiento programado en la Planta de Regasificación de Cartagena, previsto del 30 de julio al 3 de agosto de 2026. El período de negociación, establecido en la Resolución MME 40267 de 2026, se amplía hasta las 11:59 p.m. del 17 de julio de 2026, respondiendo a requerimientos de agentes del mercado como Termobarranquilla. En consecuencia, la fecha límite para reportar las negociaciones y gestiones se extiende hasta las 11:59 a.m. del 18 de julio de 2026. Las flexibilidades regulatorias de CREG 101 116 de 2026 continuarán aplicando, mientras que las demás fechas del cronograma inicial se mantienen. Esta medida se considera imperativa para priorizar la disponibilidad de gas, especialmente para la generación térmica del Caribe 2.
El Ministerio de Minas detalló las medidas para asegurar el suministro de gas natural entre el 30 de julio y el 3 de agosto de 2026, fecha del mantenimiento programado de la Planta de Regasificación de Cartagena. La circular aclara las Resoluciones 40267 y 40289 de 2026, estableciendo la obligatoriedad de reportar las negociaciones de contratos de gas importado para la Demanda Esencial. Se definen estrictas prioridades en las negociaciones de gas y asignación de capacidad de transporte, favoreciendo primero la Demanda Esencial y luego a los generadores térmicos. Además, se insta a facilitar acuerdos para el uso de gas que no cumpla las especificaciones RUT, garantizando así la estabilidad energética del país ante este evento crítico.
La CREG sometió a consulta dos proyectos de resolución para crear el primer marco regulatorio integral de las infraestructuras de regasificación del Plan de Abastecimiento de Gas Natural, buscando fortalecer la seguridad energética del país. Uno de ellos propone un esquema de remuneración para soluciones de regasificación con Unidades Flotantes (FSRU) que considera pagos recurrentes en dólares y un ajuste a la estructura de costos donde los gastos operativos (OPEX) pueden ser más significativos que los de capital (CAPEX). Por su parte, el otro establece reglas de libre acceso y transparencia para los servicios de regasificación y el suministro de gas natural licuado (GNL), incorporando un mecanismo de agregación de demanda para facilitar la compra de GNL en mercados internacionales a usuarios y comercializadores con menores necesidades individuales, promoviendo el uso eficiente de la infraestructura y la competencia.
El Ministerio de Minas proyecta prorrogar por doce meses la vigencia del Reglamento Técnico de Instalaciones Internas de Gas Combustible, originalmente expedido en 2013. Esta medida busca asegurar la protección de los consumidores y la continuidad de los requisitos técnicos mientras se avanza en la modificación definitiva del reglamento. La extensión es necesaria debido a la complejidad de incorporar ajustes, concluir talleres de socialización y estudios técnicos con diversos actores del sector, como constructores y empresas distribuidoras. Además, persisten inquietudes sobre la aplicación normativa y ambigüedades en el procedimiento único de inspección, lo que genera numerosas consultas. La prórroga permitirá al Ministerio trabajar en un reglamento que reduzca estas consultas y establezca parámetros de calidad integrales.