La CREG publicó una Circular en la que establece el cronograma para que los comercializadores minoristas de gas combustible presenten sus solicitudes tarifarias. El objetivo es aprobar el componente fijo del costo de comercialización para usuarios regulados en el siguiente periodo, conforme a las Resoluciones CREG 102 003 de 2022 y 102 019 de 2025. Las empresas que operan en mercados aprobados antes de 2015 deberán presentar sus solicitudes en 2026, distribuidas en grupos con fechas en marzo, julio y noviembre. Para los mercados aprobados entre 2015 y 2022, las solicitudes se recibirán en 2027, con un calendario similar en marzo, julio y noviembre. Es crucial que las solicitudes se presenten exclusivamente en las fechas asignadas.
El Ministerio de Comercio aplazó la entrada en vigencia del reglamento técnico para la conversión de vehículos a gas natural comprimido. Tras un análisis técnico y mesas de trabajo con el sector, se determinó que los requisitos de la Resolución 1185 de 2024 no eran claros ni medibles, lo que representaba un riesgo de inestabilidad jurídica. Para subsanar estas deficiencias y proteger la seguridad de los usuarios, el Gobierno extendió el plazo de implementación hasta el 1 de diciembre de 2027. Mientras se revisan los estándares para talleres y equipos, la Resolución 0957 de 2012 permanecerá como la norma aplicable, asegurando la continuidad en la vigilancia y el control de estos procesos de conversión
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) analizó el proyecto de la CREG que adiciona la Resolución 175 de 2021 sobre la remuneración del servicio de transporte de gas natural y advirtió que se trata de una actividad regulada con características de monopolio natural, por lo que los ajustes tarifarios tienen efectos directos sobre la competencia y la eficiencia del mercado. La entidad destacó que la propuesta busca asegurar suficiencia financiera e incentivar la expansión de la infraestructura, pero señaló que los cambios deben sustentarse en estudios técnicos y económicos sólidos para evitar distorsiones, sobrecompensaciones o barreras de entrada. Asimismo, recomendó garantizar neutralidad competitiva y transparencia en la metodología, y evaluar el impacto en los usuarios y en la cadena del gas, dado que las tarifas de transporte inciden en los precios finales y la competitividad del sector energético.
La CREG detalló los documentos regulatorios que proyecta expedir durante el año, tanto de carácter general como particular, en el marco de su agenda regulatoria 2026. El documento precisa el tipo de actos que se desarrollarán, su alcance esperado y las materias que serán objeto de análisis y eventual regulación dentro del sector energético. Además, la Comisión publicó los comentarios recibidos frente a la agenda regulatoria, evidenciando el proceso participativo adelantado con los agentes del mercado y demás interesados. Con ello, la CREG no solo transparenta su hoja de ruta normativa para 2026, sino que fortalece la planeación regulatoria, la publicidad de sus actuaciones y la participación de los actores en la construcción de futuras decisiones.
El Consejo de Estado rechazó la demanda contra las resoluciones 175 y 185 de 2021 y 102 009 de 2022 expedidas por la CREG, relacionadas con la aplicación de la tasa de descuento (WACC) en los cargos de transporte de gas natural. La corporación concluyó que la demanda no cumplía los requisitos mínimos de claridad, certeza y suficiencia en los cargos formulados, pues no explicó de manera concreta cómo las decisiones regulatorias vulneraban normas superiores. Señaló que los argumentos eran generales y no estructuraban un verdadero concepto de violación, lo que impedía un pronunciamiento de fondo sobre la legalidad de los actos.