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Conceptos

Conceptos (1263)

A través del concepto 220-245969-2021, la Entidad indicó que "las personas jurídicas que por medio de uno o varios: empleados, contratistas, administradores, o asociados, propios o de cualquier persona jurídica Subordinada, den, ofrezcan, o prometan, a un servidor público extranjero, directa o indirectamente: sumas de dinero, cualquier objeto de valor pecuniario u otro

A través del concepto 220-245967-2021 se aclaró que a la fecha no se ha encontrado normativa específica que autorice al Estado colombiano a crear empresas extranjeras, ni hacer inversiones en las que ya estén constituidas. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

A través del Decreto 116-2022, el Gobierno Nacional nombró a la doctora Jacqueline Del Socorro Murillo Sánchez, como nueva Jefe de Control Interno de la SuperSociedades.

A través del concepto 220-245326-2021 se reiteró lo establecido en la Ley 1357 de 2009 en donde se dispone que "el que desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie, colabore, o realice cualquier otro acto para captar dinero del público en forma masiva y habitual sin contar con la previa autorización de la autoridad competente, incurrirá en prisión de ciento veinte (120) a

El concepto 220-245291-2021 indica que la figura de la reposición del aporte es presentada por la ley como independiente a la del aumento de capital y se trata de aquella medida que busca recobrar el valor económico de los aportes efectuados al capital social, disminuido como consecuencia de las pérdidas sociales, que han llevado a que el patrimonio refleje un valor menor al del capital.

De acuerdo con el concepto 220-245069-2021 el Oficial de Cumplimiento debe cumplir cada uno de los requisitos mínimos señalados en las normas, entre los cuales está, el que se encuentre domiciliado en Colombia. Por tanto, no es posible, ni aun en los eventos en que la Empresa Obligada a implementar el SAGRILAFT sea controlada o forme parte de un grupo empresarial, que pueda designar como Oficial de Cumplimiento a una persona domiciliada en el exterior.

A través del concepto 220-245044-2021, la Entidad reiteró que el contenido, naturaleza y alcance de la obligación de registrar en el Registro Mercantil la situación de control tiene su núcleo en la necesidad de informar a los terceros el responsable final de la toma de decisiones de la compañía, sin que ello suponga el levantamiento de la reserva legal del Libro de Registro de Accionistas de la sociedad anónima o de la sociedad por acciones simplificada.

A través del concepto 220-244923-2021, la Entidad aclaró que la SuperSociedades no tiene competencia para realizar la validación de acuerdos celebrados en virtud del procedimiento de recuperación empresarial ante las cámaras de comercio de los sujetos señalados en el artículo 3 de ley 1116 de 2006.

A través del concepto 220-243629-2021 se reiteró que “disuelta la sociedad se procederá de inmediato a su liquidación. En consecuencia, no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto y conservará su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a la inmediata liquidación. Cualquier operación o acto ajeno a este fin, salvo los autorizados expresamente por la Ley, hará responsables frente a la sociedad, a los asociados y a terceros, en forma ilimitada y solitaria, al liquidador y al revisor fiscal que no se hubiese opuesto”.

El concepto 220-243263-2021 de SuperSociedades aclara que, con ocasión de la derogatoria de la causal de disolución por pérdidas, no es posible enjugar las pérdidas acumuladas con el capital ni con la prima de emisión, ya que la misma tal y como quedo expresado, es considerada como un rubro inescindible del capital. Para enjugar las pérdidas, podrá acudirse al procedimiento prescrito en los artículos 151 y 456 del Código de Comercio.