A través del concepto 184243-2022 la SuperSociedades indicó que, "el reconocimiento de las partidas de las sociedades que serán absorbidas en la contabilidad de la sociedad absorbente se debe efectuar con el nivel de detalle (cuentas, terceros, centros de costos, etc.), que se requiera para lograr la trazabilidad necesaria para la administración pueda efectuar la verificación de las
A través del concepto 115-229326-2022 se precisó que, para proceder a establecer el reconocimiento contable por parte del inversionista, es necesario tener en cuenta que las Normas Internacionales de Información Financiera señalan que este tipo de inversiones pueden ser contabilizadas al costo, valor razonable o método de la participación. Puede consultar a detalle cada una descargando el documento publicado por la entidad.
A través del concepto 220-003250-2022 se reiteró lo dispuesto en el artículo 423 del Código de Comercio, de manera clara señala que las reuniones extraordinarias del máximo órgano social, se efectuarán cuando lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la compañía, por convocación de la junta directiva, del representante legal o del revisor fiscal.
El concepto 220-003183-2022 indica que la Superintendencia de Sociedades tiene 5 años para proferir el acto administrativo mediante el cual se impone la sanción, el cual debe ser notificado dentro del mismo término, contado a partir de la fecha de ocurrencia de los hechos o de la cesación de los mismos, según corresponda.
El concepto 220-003089-2022 indicó que en aquellos eventos en que las situaciones de control o de grupo empresarial se configuraron hace más de cinco (5) la sanción se impondrá solamente teniendo en cuenta el lapso de tiempo durante el cual no ha operado la prescripción de la facultad sancionatoria, de acuerdo al artículo 235 de la Ley 222 de 1995.
A través de la Resolucion_100-001882-2022, se hicieron modificaciones a las responsabilidades del Despacho del Superintendente de Sociedades, Director de Cumplimiento y del Despacho del Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios, entre otros.
A través del concepto 220-002750-2022 se aclaró que el titular de las cuotas sociales embargadas por ese sólo hecho no pierde automáticamente todos sus derechos, pues de darse dicha circunstancia, éste sigue conservando los derechos políticos que tiene frente a la sociedad, o sea, puede seguir deliberando en las Asambleas y votar en ellas, al igual que puede elegir y ser
El concepto 220-002721-2022 indicó que la sociedad tendría las características que por ley se otorgan a las sociedades de economía mixta, en virtud de lo expresado por la norma general y la adjudicación de dichos bienes al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
De conformidad con el concepto 220-001130-2022, el Código de Comercio determina como regla general, el principio a la libre negociación de acciones, pero simultáneamente establece excepciones a dicho principio, dentro de las cuales incorpora la restricción a la negociación de acciones comunes cuando en los estatutos se haya pactado expresamente el derecho de preferencia.
El concepto 220-000675-2022 aclaró que, en primer lugar, el socio que vote y que no sea administrador, deberá ser consciente sobre la necesidad de dicha contratación, por lo cual se ha establecido por parte de la entidad, en la Guía de Buenas Prácticas de Gobierno Corporativo para Empresas Competitivas, Productivas y Perdurables, para que estos asuntos sean discutidos alrededor de la potestad propia de los accionistas y cómo podrán votar.