La Sala explicó que “la actual causal novena de anulación se configura cuando el laudo arbitral presenta alguna de las siguientes situaciones: haberse pronunciado sobre asuntos no incluidos en la demanda arbitral o en su respuesta. No haberse referido a los hechos y a las pretensiones formuladas en la demanda, como tampoco a las excepciones que aparezcan probadas y que, hubieren sido alegadas, en los eventos en los que la ley lo exige.
El Consejo de Estado negó las pretensiones de nulidad contra la Resolución 2554 del 30 de diciembre de 2013, impuso la medida de suspensión de la explotación minera en el predio denominado “El Mirador de Alaví”, ubicado en Duitama (Boyacá)
El Consejo de Estado denegó la nulidad de la Resolución No. GSC No. 00027 del dos (2) de enero del año dos mil dieciocho (2018), emanada de la Agencia Nacional de Minería de Santiago de Cali, referente a un contrato de concesión minera.
Consejo de Estado deniega nulidad contra actos establecen los volúmenes máximos de combustibles líquidos derivados del petróleo, exentos de IVA y exentos de arancel e impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM en el Municipio de San Miguel, Putumayo.
La Sala Plena de la Sección Tercera unificó la jurisprudencia en torno a la competencia del Consejo de Estado para conocer de medios de control relacionados directamente con asuntos mineros en los que intervenga la Nación o una entidad del mismo orden las pretensiones son propias de la acción de reparación directa y están encaminadas a obtener la reparación de los perjuicios causados con la muerte del señor, ocurrida dentro de una mina de carbón en la que laboraba, sin que ello constituya un asunto eminentemente minero de competencia de esta Corporación.
El pronunciamiento de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado obedeció a una consulta elevada por el DAFP. La entidad buscaba esclarecer si las empresas de servicios públicos domiciliarios mixtas estaban exentas de la aplicación de las normas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (artículos 8º y 9º del CPACA) que
Procede la Sala a decidir el recurso extraordinario de revisión promovido por la sociedad COMCEL S.A., contra la sentencia de 9 de agosto de 2012 y la providencia que negó su aclaración de 6 de septiembre de la citada anualidad,
En el concepto de la Sala de Consulta y servicio Civil, cuya reserva fue levantada y que corresponde al año 2016, hace alusión a la providencia adoptada por la Sección Quinta, que estableció en junio del 2016 que los alcaldes y gobernadores no podían aspirar a un cargo de elección popular cuyo periodo coincidiera con aquel para el cual fueron elegidos.
La Sala declaró la validez de la Resolución No. 619 de 17 de abril de 2020, “por la cual se establecen los términos y condiciones para el desarrollo de la operación de compra de cartera con cargo a los recursos administrados por la Administradora de los
La Corporación no admitió el control inmediato de legalidad del Decreto 1374 de 2020 expedido por el Ministerio de Salud, Por el cual se optimiza el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible – PRASS, para el monitoreo y seguimiento de casos y contactos de COVID-19 en Colombia.