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SP-Sala Plena

SP-Sala Plena (636)

El Consejo de Estado declara que la Resolución número 628 de 23 de abril de 2020, “Por la cual se definen los criterios, el procedimiento y las fases del llamado al Talento Humano en Salud para reforzar o apoyar a los prestadores de servicios de salud durante la etapa de mitigación de la pandemia por Coronavirus Covid-19”,

El Consejo de Estado declara improcedente el medio de control inmediato de legalidad frente a la Resolución 114 del 24 de marzo de 2020, expedida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico. Lo anterior puesto que no cumple con uno de los requisitos de procedibilidad, esto es, desarrollar un Decreto Legislativo,

EL Consejo de Estado decide que la resolución Nº.12169-2020, expedida por el Superintendente de Industria y Comercio, se encuentra ajustada a derecho, en el entendido de que la ampliación de términos prevista para las peticiones por el artículo 5º del Decreto 491 de 2020 constituye un límite temporal máximo, por lo que la SIC debe propender por emitir

El Consejo de Estado declara ajustada a derecho la Resolución No. 0684 de 19 marzo de 2020 expedida por el Director General del Corpoboyaca y concluye que la misma cumple tanto en el aspecto formal como en el material, pues ella es respetuosa de las normas constitucionales y legales en las que se funda, guarda conexidad con los motivos

“El Consejo de Estado conceptuó que los fallos de responsabilidad fiscal, multas impuestas por las contralorías y pólizas y demás garantías a favor de entidades que hacen parte de los fallos de responsabilidad fiscal ya no serán obligatorios, si dentro de los cinco años siguientes a que tales decisiones estén en firme, las autoridades responsables de hacerlos efectivos no lo hayan efectuado”.

En auto de 7 de mayo de 2020 se avocó el control inmediato de legalidad de la Resolución 78 de 7 de abril de 2020, expedida por los Ministros de Salud y Protección Social, Comercio, Industria y Turismo, y Agricultura y Desarrollo Rural “por medio de la cual se fija el listado de productos de primera necesidad, mientras perduren las causas que motivaron la declaratoria de la

El Consejo de Estado avoca conocimiento en única instancia de la prorroga a las disposiciones de la Resolución 0100 No. 0100-0249-2020 expedida por la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) mediante la cual se adoptaron medidas temporales de carácter administrativo, funcional y laboral hasta que se superara la emergencia sanitaria.

El Consejo de Estado niega la solicitud de nulidad en contra de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Comisión Intersectorial de Zonas Francas, para que se declarara la violación y se restableciera el derecho e interés

El Consejo de Estado declara el control inmediato de legalidad de la Resolución 70 de 30 de Marzo de 2020 de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) que ordenó suspender los términos de los reportes de ausencia de operaciones sospechosas, transacciones de compraventa de vehículos automotores,

Para esclarecer aspectos del control inmediato de legalidad de la Resolución número 629 de 26 de marzo de 2020, “Por medio de la cual se declara una urgencia manifiesta del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”  el Consejo de Estado