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SP-Sala Plena

SP-Sala Plena (636)

“Así respondió la Sala a una consulta formulada por el director del Departamento Administrativo de la Función Pública en el 2019. La entidad buscaba establecer si el Gobierno Nacional estaba autorizado a expedir un régimen salarial especial y único para los empleados públicos del distrito capital”.

 “Así respondió la Sala de Consulta y Servicio Civil a una consulta formulada por el Departamento Administrativo de la Función Pública, que buscaba precisar si el fiscal general y la Oficina de Control Interno de la Fiscalía podían ejercer autoridad disciplinaria sobre esos servidores”.

Consejo de Estado declaró que está ajustada a derecho la resolución 277 de 27 de abril de 2020, por la cual se levanta la suspensión decretada mediante los artículos décimo cuarto, décimo séptimo y décimo octavo de la Resolución A-0259 del 02 de abril de 2020, proferida por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CARDER-.

El Consejo de Estado declara que la Resolución N.° 883 del 14 de abril de 2020, expedida por la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, por la cual se adoptan medidas administrativas para la atención y prestación de las funciones a cargo de esta

Para la Sala, son legales: la Resolución 40100 del 19 de marzo de 2020. por la cual se suspenden términos en los procesos disciplinarios adelantados por el Ministerio de Minas y Energía con ocasión del COVID-19 y la Resolución 40119 del 2 de abril de

La Sala concluye que las medidas de implementadas para la notificación electrónica de los actos administrativos expedidos en las actuaciones administrativas a cargo de la Agencia Nacional de Minería exceptuadas de la suspensión de términos procesales, consagradas en las Resoluciones 116 de 30 de marzo de 2020, 133 de 13 de abril de 2020 ,160 de 27 de abril de 2020 174 de 11 de

“La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado emitió un concepto que indica que es posible modificar el valor de las tarifas de servicios públicos cuando se evidencien abusos, así esta cuantía ya hubiera sido establecida previamente en el contrato que celebren los operadores para la prestación del servicio, si así lo sugiere la intervención de la Comisión de Regulación

AVOCAR CONOCIMIENTO, en única instancia, del medio de control inmediato de legalidad consagrado en el artículo 136 del CPACA respecto de la Resolución 5958 del 3 de abril de 2020, proferida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, «Por la cual se decreta la suspensión de términos en las actuaciones administrativas sancionatorias de carácter particular tramitadas

La Sala pone de manifiesto que no avoca conocimiento de control de legalidad de la Resolución 0307 de 27 de marzo de 2020, a pesar de tener el carácter general y ser expedida en ejercicio de las funciones administrativas asignadas a la entidad, pues no desarrolla un decreto legislativo dictado en virtud de la declaratoria de emergencia.

Para la Sala, la Circular 8 de 25 de marzo de 2020, al estar orientada a dar lineamientos relacionados con el funcionamiento interno del Minambiente, dirigida únicamente a ciertos empleados y contratistas, no constituye una «medida de carácter general», susceptible del control inmediato de legalidad previsto en el artículo 136 del CPACA.