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Consejo de Estado declaró improcedente acción de tutela formulada por la CGR, derivado de un contrato de seguro por tratarse de una competencia del derecho comercial, y no de la gestión fiscal

Escrito por  Feb 17, 2021

En el caso concreto, la Contraloría General de la República pretendió que se deje sin efectos las sentencias proferidas por la Sección Primera del Consejo de Estado en el marco de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho respectivamente, toda vez que para la CGR se fundamentaron en un precedente jurisprudencial inexistente relacionado con la prescripción de las acciones

derivadas del contrato de seguro de que trata el artículo 1081 del Código de Comercio. Para la Sala, “se encuentra acreditado que la acción de la referencia no reviste relevancia constitucional, por cuanto procura reabrir un debate jurídico procesal que es propio del proceso ordinario y al juez constitucional le está vedado pronunciarse sobre materias que desbordan su competencia, so pena de desconocer la estructura de la administración de justicia, así como los principios de seguridad jurídica y juez natural”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 17 Febrero 2021 08:20