La Contraloría General de la República (CGR) precisó que las entidades públicas tienen el deber jurídico fundamental de recuperar las acreencias a su favor para proteger el patrimonio público, empleando el cobro coactivo conforme a la Ley 1066 de 2006. Si bien los principios de eficiencia, economía y eficacia deben guiar la gestión de cartera, estos no reemplazan dicho deber legal, sino que deben armonizarse con el régimen jurídico aplicable. La CGR precisa que su función consultiva es de orientación general, sin sustituir la responsabilidad de cada entidad para adoptar decisiones administrativas concretas sobre estrategias de recaudo, priorización o abstención de cobro en casos específicos, basándose en criterios técnicos y análisis costo-beneficio.