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SSPD aclara reglas para la facturación del servicio de acueducto y prohíbe cobros por servicios no prestados

Escrito por  Ago 13, 2026

La SSPD abordó la facturación del servicio de acueducto, particularmente ante inquietudes ciudadanas sobre cobros por servicios no prestados y presuntas irregularidades. La Oficina Asesora Jurídica aclara que su función es ofrecer interpretaciones jurídicas generales del régimen de servicios públicos, no vinculantes para casos particulares. La entidad reitera que los prestadores deben facturar conforme al marco legal y regulatorio, prohibiendo cobros por servicios no efectivos, conceptos no previstos o inoportunos. La medición individual del consumo es el pilar fundamental para la facturación. La Superservicios ejerce vigilancia sobre el cumplimiento normativo y contractual, sin aprobar actos previos de las empresas, y detalla el proceso para denuncias por incumplimientos, orientando a los usuarios sobre sus facultades.

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Modificado por última vez en Miércoles, 12 Agosto 2026 18:33