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SuperSociedades se pronuncia sobre la celebración de reunión de asambleas una vez superada la emergencia sanitaria

Escrito por  Feb 09, 2021

A través del SuperSociedades Concepto 220-003590-2021 las reuniones ordinarias de asamblea correspondientes al ejercicio del año 2019 de qué trata artículo 422 Código de Comercio podrán efectuarse hasta dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional.

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