La Superintendencia de Sociedades precisó el alcance y la duración del período del revisor fiscal, cargo fundamental para la fiscalización de las sociedades. Cuando la compañía cuenta con Junta Directiva, el período del revisor fiscal será igual al de esta; en ausencia de dicho órgano, su duración estará determinada por los estatutos sociales. La designación o reelección, incluso de la misma persona, suele realizarse en la reunión ordinaria anual, sin que exista una prohibición legal para ejercer el cargo durante varios períodos consecutivos. No obstante, la Superintendencia destaca la conveniencia de establecer límites estatutarios a la reelección, conforme a las buenas prácticas de gobierno corporativo, con el fin de preservar la independencia y objetividad del revisor fiscal.