La SSPD reiteró el derecho de los usuarios a la medición real de su consumo y al cambio de medidores por avances tecnológicos justificables, permitiendo la elección de proveedores. Además, resalta la obligación de las empresas prestadoras de entregar información completa y oportuna, con las debidas excepciones de reserva legal. El documento también aborda la protección de usuarios vulnerables, garantizando el suministro mínimo esencial sin eximir el pago. La SSPD enfatiza su rol de interpretación normativa, dejando las especificaciones técnicas a la autoridad reguladora.