La SSPD explicó aspectos sobre el Auditor Externo de Gestión y Resultados (AEGR), enfatizando su rol de inspección y vigilancia. La entidad aclara que los prestadores de servicios públicos domiciliarios deben contratar un AEGR especializado, detallando requisitos mínimos para estas firmas, como experiencia y objeto social. La SSPD destaca que no aprueba previamente los contratos ni fija criterios cuantitativos para la selección, dejando dicha responsabilidad al prestador. Se establecen, además, los procedimientos para el cambio de auditores, exigiendo permiso para terminaciones anticipadas y notificación para el vencimiento del contrato. Importante, la SSPD reitera que carece de competencia sobre el servicio de alumbrado público, al no ser domiciliario. Las preguntas formuladas por el consultante sobre el AEGR se transcriben y responden detalladamente en las conclusiones del documento.