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La vigilancia y control fiscal que ejerce la CGR recae sobre la totalidad de la actividad contractual, ya que cubre la etapa precontractual, contractual y postcontractual

Escrito por  Dic 15, 2023

Este organismo de control fiscal, precisó que el control comienza una vez se han surtido todos los requerimientos previos a la ejecución del contrato- aprobación de la garantía-, si así se contempló en el contrato; contar con las correspondientes disponibilidades presupuestales, salvo que se trate de la contratación con recursos de vigencias fiscales futuras; tener la acreditación de que el contratista se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativas al Sistema de Seguridad Social Integral, en los términos de ley y demás documentos soportes que deban acreditarse para determinar la legal ejecución del objeto contractual.

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Modificado por última vez en Jueves, 14 Diciembre 2023 21:22