La Superintendencia de Sociedades precisó los requisitos para la validez legal de firmas electrónicas y la conservación de actas societarias en formato digital. La entidad subraya que los libros de comercio pueden llevarse electrónicamente siempre que incluyan una firma digital o electrónica conforme a la legislación vigente. Es fundamental que estas firmas cumplan con criterios de unicidad, verificabilidad y control exclusivo del usuario, garantizando la inalterabilidad de la información. Aunque no sugiere plataformas específicas, la Superintendencia enfatiza que la sociedad es responsable de evaluar que cualquier herramienta tecnológica cumpla estrictamente con la normativa para asegurar la integridad y accesibilidad de los documentos a lo largo del tiempo.