La Contraloría General de la República aclaró las pautas sobre los límites de inembargabilidad en los procesos de responsabilidad fiscal, especialmente para cuentas bancarias. En el caso de los procesos ordinarios, la entidad acata los topes de inembargabilidad establecidos por la Superintendencia Financiera, buscando asegurar el resarcimiento del daño al erario. Para los procesos verbales, una normativa específica permite incrementar las medidas cautelares sobre sumas líquidas. Es importante destacar que no existe un régimen diferenciado para personas naturales o jurídicas en estos embargos. La Contraloría enfatiza que todas las medidas deben ejecutarse con estricto respeto al marco constitucional y legal, protegiendo recursos esenciales y derechos fundamentales, armonizando la efectividad del proceso con las garantías reconocidas por la ley.