como contravencionalmente responsable del suceso, junto con el conductor del vehículo que lo lesionó”.
“La decisión de la Corte obedece al estudio de una tutela que presentó un ciudadano, invidente de nacimiento, quien tuvo un accidente de tránsito y fue declarado, a través de un acto administrativo expedido por la Secretaria de Tránsito y Transporte de Marinilla, Antioquia,
como contravencionalmente responsable del suceso, junto con el conductor del vehículo que lo lesionó”.