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Concepto de la CGR sobre la naturaleza jurídica de las cámaras de comercio

Escrito por  Jul 04, 2023

Para la Entidad, teniendo en cuenta que las tasas que se recaudan por concepto del registro que adelantan las Cámaras de Comercio forman parte de los ingresos corrientes, estas deben hace parte del Informe que presenta el Contralor General. “Las Cámaras de Comercio son personas jurídicas de derecho privado, de carácter corporativo, gremial y sin ánimo de lucro, administradas y gobernadas por los comerciantes matriculados en el respectivo registro mercantil que tengan la calidad de afiliados. Sus funciones, su organización y dirección, las fuentes de sus ingresos, la naturaleza de sus trabajadores, la existencia de estatutos que las gobiernan, son de naturaleza corporativa, gremial y privada”.

“En cuanto a la función de llevar el registro mercantil, esta es de naturaleza pública prestada por un particular en ejercicio de la figura de la descentralización por colaboración y los recursos recaudados por este concepto son considerados como tasas contributivas, por ende, son ingresos corrientes que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y por tal razón, dichas entidades deben dar aplicación a lo dispuesto en la Resolución Reglamentaria Orgánica No.0035 de 2020, modificada por la Resolución Reglamentaria Orgánica No.0038 de 2020”.

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Modificado por última vez en Lunes, 03 Julio 2023 17:27