el legislador dispuso el deber de reglamentación de un sistema de presunción de ingresos, que si bien reclamó en particular sobre ese tipo de trabajadores, no lo hizo con el fin de hacerlo aplicable para determinar el IBC, como lo asimilaron las demandadas en sus respuestas y como lo concluyó el a quo en la decisión recurrida. Al respecto, no desconoce la Sala que es cierto como lo explicó el Tribunal que el legislador a efectos de determinar el IBC de los trabajadores independientes, ha desarrollado la materia en los artículos 204 de la Ley 100 de 1993, 10 y 18 de la Ley 1122 de 2007, 135 de la Ley 1753 de 2015 y 244 de la Ley 1955 de 2019, y que el artículo 366 de esa norma derogó el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 por lo cual acudió a la sentencia C-068 de 2020 de la Corte Constitucional y siguiendo la tesis de las demandadas negó la pretensión”.