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CE negó tutela, dado que el accionante no agotó todos los medios de defensa judicial, pues debió proponer la excepción de prescripción frente al cobro del mandamiento de pago librado en un proceso de cobro coactivo por el no pago de un comparendo

Escrito por  Sep 02, 2022

A juicio del accionante, pasaron más de 3 años sin que la entidad iniciara proceso de cobro coactivo ni le notificara el mandamiento de pago, razón por la cual elevó petición ante la Secretaría de Movilidad de Ibagué para que declararan la prescripción, sin embargo, dicha

solicitud fue resuelta de forma desfavorable.

Para la Sala, la autoridad judicial accionada no incurrió en los defectos sustantivo ni por desconocimiento del precedente y, en ese sentido, no vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y de acceso a la administración de justicia del Actor, pues profirió su decisión de acuerdo con la normativa vigente y aplicable al caso concreto encontrando que no era procedente la acción de cumplimiento y por el contrario, sí lo era el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho”.

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