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Consideraciones de SuperSociedades para llevar a cabo la reunión del máximo órgano social o de Junta Directiva, bajo la modalidad mixta

Escrito por  Jul 08, 2022

A través del concepto 220-144140-2022 quedó dispuesto que, una sociedad y en general todas las personas jurídicas, pueden escoger si la reunión del máximo órgano social o de Junta Directiva será presencial, no presencial o mixta.  En

consecuencia, cuando se determine en la convocatoria que la reunión será mixta, es decir que algunos de sus participantes asistirán físicamente y otros virtualmente, es preciso tener en cuenta, entre otros, lo siguiente: La convocatoria deberá señalar los medios tecnológicos que serán utilizados para la participación virtual y la manera en la cual se accederá a la reunión por parte de los asociados, sus apoderados o los miembros de la Junta Directiva, sin perjuicio de las instrucciones necesarias para quienes asistan físicamente en caso de que la reunión sea mixta.

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