consecuencia, cuando se determine en la convocatoria que la reunión será mixta, es decir que algunos de sus participantes asistirán físicamente y otros virtualmente, es preciso tener en cuenta, entre otros, lo siguiente: La convocatoria deberá señalar los medios tecnológicos que serán utilizados para la participación virtual y la manera en la cual se accederá a la reunión por parte de los asociados, sus apoderados o los miembros de la Junta Directiva, sin perjuicio de las instrucciones necesarias para quienes asistan físicamente en caso de que la reunión sea mixta.