Se resaltan como características esenciales de esta clase de negocio jurídico, “I) su objeto: que corresponde, básicamente, a la promoción o explotación de negocios del agenciado, con miras a conquistar, conservar, ampliar o recuperar clientela para aquel; II) la independencia
El IDRD solicita que se ordene la restitución de un inmueble que entregó en arrendamiento a un particular, como consecuencia del vencimiento del plazo de ejecución del contrato. La Sala confirmó la sentencia, dado que, de conformidad con la cláusula segunda del contrato de
Estaba demostrado el incumplimiento del deber de planeación por parte de la SED y que ello ocasionó una mayor permanencia en la obra. No obstante, ni en las actas de suspensión ni en las modificaciones del contrato que se suscribieron para contrarrestar los efectos nocivos
La Sala revocó la decisión de primera instancia que negó las pretensiones de nulidad absoluta de un contrato de concesión minera por estar traslapado con un distrito de manejo integrado. “A las acciones de controversias contractuales de concesión minera les son inaplicables las
Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sala confirmó la sentencia del 2 de mayo de 2014 proferida por el Tribunal Administrativo de Santander, que negó la demanda en la que los actores adujeron que el cauce del río Sogamoso se desvió e inundó el predio
Los hechos probados son diáfanos en evidenciar que, para la época de los hechos, esto es, a inicios de la década de los 2000, en todo el territorio nacional existía una condición generalizada de riesgo a la integridad, la libertad y la seguridad de la población civil, específicamente
“Porque de lo contrario se caería en el error de iniciar un pleito en contra de la entidad por el sin número de diferencias que puedan sobrevenir en la ejecución del contrato, evento que iría en contra del principio de la economía procesal”. El Consejo
Entre las partes se suscribió un contrato para la prestación de servicios de salud a los afiliados al fondo demandado y se pactó el pago por UPC; la contratista afirma que la alta demanda de servicios de salud y el número de afiliados a atender
La Sala revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación con la declaratoria de nulidad del considerando tercero, literal A, numeral 5 del contrato, porque la ausencia de disponibilidad presupuestal no es un requisito de validez de los
Calderón Ingenieros S.A. solicitó, entre otras, que se liquidara judicialmente un contrato, que se restableciera su equilibrio económico y se condenara a la entidad por el incremento y ajuste de precios y por la mayor permanencia en obra. Dicho