Para la Sala, la responsabilidad del proyecto estaba en cabeza del Distrito Capital de Bogotá y la supervisión y verificación, en cualquier momento, del cumplimiento de la licencia ambiental, del estudio de impacto ambiental y del plan de manejo ambiental, así como de las
En el presente caso, la parte demandada declaró responsable fiscal al entonces Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Yopal E.I.C.E.-E.S.P. que suscribió el contrato de obra en octubre de 2007 para la construcción del acueducto del sector San Rafael del
Dado que las disposiciones contenidas en el Decreto No. 644 de 16 de junio de 2021, sobre las transferencias de recursos del sector hidroeléctrico tienen el carácter de contribuciones parafiscales del sector tributario, la Sección Primera del Consejo de Estado y remitió a la
La Sala pudo evidenciar: “I) la violación constante de los parámetros de grasas y aceites de los vertimientos; II) el incumplimiento reiterado de las obligaciones del permiso de vertimientos otorgado a la E.S.P.; III) el reconocimiento de Cornare de que la E.S.P. realizó
La Sala concluyó que el elemento objetivo de la sanción está acreditado porque las sociedades demandadas continuaron utilizando la ronda hídrica de la quebrada La Catana para cultivar pino y eucalipto, con posterioridad al fallo de acción popular, y demostraron que
Para la Sala, el signo solicitado tiene la fuerza suficiente distintiva para ser registrada como marca, ya que de manera alguna reproduce la expresión genérica alegada, al contrario, se aleja ortográficamente, visual y fonéticamente de la misma y podría llegar a ser evocativa de
La Sala resolvió el recurso de reposición interpuesto por la ANLA contra el numeral tercero de un auto del 3 de febrero de 2022, que resolvió rechazar la apelación adhesiva de dicha entidad, respecto de la alzada presentada por el Ministerio de Ambiente. Dentro de los
La Sala confirmó la sentencia apelada, “que denegó las pretensiones de la demanda. Los actores incumplieron con el deber previo de informar a la SIC, sobre la operación que proyectaban llevar a cabo para integrarse, y que se realizó el 22 de diciembre de 2009, entre ellos, en
Para la Sala, no da lugar a nulidad la Resolución 0620 de 17 de abril de 2018, que sustrae de manera definitiva y temporal unas áreas de la Reserva Forestal Productora la Cuenca Alta del Río Bogotá, expedida por MinAmbiente, dado que no es posible derivar la presunta
Dentro de los antecedentes se encuentra que Inversiones y Construcciones Top Flight S.A.S. interpuso demanda contra la Corporación Autónoma Regional del Quindío, para que se declarara nulidad de los actos a través de los cuales se negó un permiso de vertientes de aguas