Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

“El Alto Tribunal concluyó que la renuncia de la periodista al periódico El Colombiano no fue espontánea, sino constreñida por el ambiente que debió soportar desde el momento en que se atrevió a poner en conocimiento de la empresa que fue víctima de una agresión sexual, presuntamente cometida por un compañero de trabajo, hasta el instante en que presentó su carta de renuncia”.

El Consejo de Estado decidió no reponer el auto de 28 de febrero de 2020, que negó la solicitud de suspensión provisional de una expresión del numeral 5.23 del Código de Distribución de Gas Combustible por Redes, anexo general de la Resolución N° 067 de 1995, modificado por el artículo 9° de la Resolución N° 059 de 2012. La providencia agrega que

La demanda estaba encaminada a la inconstitucionalidad del Decreto Ley 071 de 2020, por el cual se establece y regula el Sistema Específico de Carrera de los empleados públicos de la Dian, en su artículo 144, relativo al retiro de servidores amparados con fuero sindical, en la que no será necesaria la autorización judicial para retirar del servicio a los servidores con fuero sindical en los

Con ponencia del Magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sala Especial de Decisión del Consejo de Estado declaró que “las medidas impartidas por las resoluciones referidas a la reglamentación del PAEF- son, pues, adecuadas y proporcionales a los fines que persiguen, ya que buscan que el programa sea operativo, para así mitigar los efectos económicos adversos de la emergencia

La Corporación “estableció que no se ajusta a derecho la expresión “términos”, que se refiere al plazo de caducidad y prescripción contenido en los artículos 1º y 5º de la resolución 0097 del 13 de abril, 5º de la resolución 123 del 24 de abril y parágrafo 3º del artículo 1º de la resolución 132 del 8 de mayo, todos expedidos en el 2020”.

El representante legal del Centro Comercial los Héroes P.H., y otros ciudadanos, en su condición de propietarios de los establecimientos de comercio y administradores de locales comerciales, establecimientos que funcionan en el centro comercial en mención, interpusieron acción de tutela en contra del Presidente de la República, la Alcaldesa de Bogotá y la Policía Nacional,

La Sala Especial de Decisión del Consejo de Estado “declaró la legalidad de la Resolución No. 1421- 2020, expedida por MinSalud, a través de la cual se adoptó el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades de los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales”, cuya vigencia queda condicionada a la duración

El Gobierno profirió el Decreto 1205 de 2020, «Por el cual se reglamenta el parágrafo 9 del artículo 237 de la Ley 1955 de 2019, adicionado por el artículo 1 del Decreto Legislativo 800 de 2020». En él definió las condiciones para ese reconocimiento anticipado del 25% del valor de las solicitudes de recobro, para la suscripción de los acuerdos de pago entre la ADRES y las entidades

“Además de ser el soporte de la aplicación del régimen de precios de transferencia que efectúa el sujeto pasivo al autoliquidar el impuesto sobre la renta, sirve como instrumento de fiscalización y fundamento de las modificaciones que puede efectuar la Administración sobre el impuesto, cuando se incumpla el principio de plena competencia”.

La Sala resalta que “el ET estableció dos deberes formales especiales como parte fundamental del régimen de precios de transferencia: el de presentar la declaración informativa individual de precios de transferencia (DIIPT), y el de preparar y enviar la documentación comprobatoria. Estos deberes formales, impuestos por la ley, tienen por objeto posibilitar la labor de fiscalización