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SSPD aclaró requisitos para licencia de parcelación: debe garantizarse agua y saneamiento, o acreditar alternativas que no perjudiquen a la comunidad

Escrito por  Jul 31, 2025

 La (SSPD) señala que, para la licencia de parcelación, se deben presentar autorizaciones que sustenten cómo se prestarán los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, o en caso de autoabastecimiento, los permisos ambientales correspondientes. Además, se requiere un pronunciamiento de la SSPD conforme a los artículos 16 y 79 (numeral 17) de la Ley 142 de 1994, que certifique que la alternativa propuesta no cause perjuicios a la comunidad. Este trámite se realiza ante la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, siguiendo el procedimiento administrativo común de la Ley 1437 de 2011. La SSPD aclara que no es competente para el licenciamiento urbanístico en sí, pero sí para evaluar las alternativas de prestación de servicios en áreas con disponibilidad, garantizando la protección comunitaria y el cumplimiento normativo.

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Modificado por última vez en Miércoles, 30 Julio 2025 19:19