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Corte declaró parcialmente exequibles medidas urgentes en agua, saneamiento básico y vivienda en poblaciones afectadas por estado de conmoción interior en Catatumbo

Escrito por  Jul 09, 2025

 La Corte validó artículos que buscan atender la crisis humanitaria derivada de enfrentamientos y desplazamientos masivos, garantizando subsidios y proyectos para mejorar el acceso a servicios esenciales en estratos vulnerables (1, 2 y 3)   . No obstante, declaró inexequibles los artículos 4 y 5 porque contenían medidas permanentes fuera del marco de emergencia, dirigidas a resolver necesidades sociales estructurales que no correspondían a la declaratoria de conmoción interior. Así, la Corte limitó el decreto a medidas excepcionales que respondan estrictamente a la crisis actual

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Modificado por última vez en Martes, 08 Julio 2025 19:53