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Consejo de Estado confirmó la nulidad parcial de unos actos de la SSPD que liquidaron la contribución especial del año gravable 2018 a EPM en los servicios de gas natural, alcantarillado, acueducto y energía eléctrica

Escrito por  Jul 24, 2023

La Sala precisó que con la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF-, la SSPD no podía incluir los rubros de «servicios personales, generales, arrendamientos, licencias, contribuciones y regalías, órdenes y contratos de mantenimiento y reparaciones, peajes terrestres, honorarios, servicios públicos, materiales y otros gastos de operación, seguros y órdenes y contratos por otros servicios» en la base gravable de la contribución especial del año 2018, liquidada a la EPM.

La Sección precisó en la sentencia reiterada que “el cambio o la ampliación del concepto de gasto en las normas de información financiera -NIIF- no se traduce en el desuso del concepto de gasto de funcionamiento que establece la norma para efectos fiscales desaparezca para el año en discusión, y por el contrario, al no ser un concepto considerado contablemente incluso en la normas de información financiera, se debe acoger la definición de gastos de funcionamiento desarrollada vía jurisprudencia para determinar la contribución. En ese orden de ideas, no le asiste razón a la demandada, puesto que, en la sentencia traída a colación se realizó el análisis correspondiente a la entrada en vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y su impacto en la determinación de la base gravable de la contribución especial para la vigencia del año 2018, así como la inclusión de gastos operativos en la base gravable aludida y se concluyó que «la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios desconoció el principio de legalidad al ampliar la base gravable de la contribución especial, prevista en el artículo 85.2 de la Ley 142 de 1994, e interpretó en forma errónea esa norma, lo que hace imperioso su anulación parcial frente a los rubros que no corresponden a gastos de funcionamiento”.

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