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Consideraciones de la CGR sobre la destinación de recursos recuperados producto del proceso de responsabilidad fiscal

Escrito por  May 12, 2023

La Entidad precisó que “debe existir coordinación entre la CGR y las contralorías territoriales para la fiscalización de tales recursos, lo cual está reglamentado por el Contralor General de la República en la Resolución Orgánica No. 5678 de 2005, por medio de la cual se

establece el Sistema de Vigilancia Especial al Sistema General de Participaciones para la Contraloría General de la República y las Contralorías Territoriales”.

“En síntesis, independientemente de quien ejerza el control fiscal a los recursos del SGP, bien sea la Contraloría General de la República o una contraloría del orden territorial, en caso de abrirse un proceso de responsabilidad fiscal y declararse la misma, a través del respectivo fallo, los dineros que se recuperen deberán consignarse en la Dirección Nacional del Tesoro, por tratarse de recursos originados en la Nación”.

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