En consecuencia, la demandada (SSPD) debe reintegrar a Empresas Públicas de Medellín EPM. S.A. ESP el monto de $662.552.0000, indexado en los términos del artículo 187 del CPACA junto con los intereses moratorios que se llegaren a causar en los términos de los artículos 192 y 195. La providencia analiza a profundidad creación y finalidad de la conformación de la base gravable de la contribución especial a favor de la SSPD.